Sociedad De Profesionales Santibáñez Abogados Asociados Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital pagado
$1.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ YÁÑEZ Socio 10.xxx.xxx-9 | 10.xxx.xxx-9 | 50% | $500.000 |
DIEGO SALVADOR SANTIBÁÑEZ MANOSALVA Socio 20.xxx.xxx-7 | 20.xxx.xxx-7 | 50% | $500.000 |
Administradores (2)
FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ YÁÑEZ
DIEGO SALVADOR SANTIBÁÑEZ MANOSALVA
Texto oficial del extracto
Ministerio del Interior OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público de Concepción, Suplente del Titular don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, domiciliada en Rengo 444 de Concepción, certifica que: Por escritura pública fecha 18 de mayo de 2026, otorgada ante don José Agustín Donoso Musiate, Notario Público Suplente de este oficio, comparecieron; FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ YÁÑEZ, C.I: 10.621.678-9; y DIEGO SALVADOR SANTIBÁÑEZ MANOSALVA, C.I: 20.723.120-7, ambos domiciliados en Avenida Chacabuco 953, departamento 42, Concepción, quienes constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SANTIBÁÑEZ ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA” pudiendo usar para fines bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “SANTIBÁÑEZ ABOGADOS LTDA.”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será sociedad la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.3. Duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contado desde la fecha de constitución de la sociedad, prorrogable automáticamente en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad deponerle término con una anticipación mínima de seis meses a la expiración del plazo o prórroga respectiva. 4. Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Francisco Javier Santibáñez Yáñez aporta la suma de $500.000 que pagó en acto de constitución al contado, en dinero efectivo que ingresó a la caja social; y b) Diego Salvador Santibáñez Manosalva aporta la suma de $500.000 que pagó en acto de constitución al contado, en dinero efectivo que ingresó a la caja social. 5. Administración: La administración y uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá indistintamente a don FRANCISCO JAVIER SANTIBÁÑEZ YÁÑEZ, y DIEGO SALVADOR SANTIBÁÑEZ MANOSALVA con facultades y limitaciones indicadas en la cláusula cuarta de los estatutos sociales. 6. Domicilio: Concepción, sin perjuicio que se puedan establecer sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada Concepción, mayo 26 de 2026.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE PROFESIONALES SANTIBÁÑEZ ABOGADOS ASOCIADOS LIMITADA
CVE 2817227
