Iberocenter
Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad de Profesionales OACK Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-27Ver PDF (CVE 2845036)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años, contados desde esta fecha, su prórroga será tácita y automática, por periodos de dos años sucesivamente; siempre que ninguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento de cada período
Administração: El uso de la razón social, la administración de la Sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a los señores GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ y JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ, quienes podrán representar y obligar a la Sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. Para hacer uso de la razón social, los Administradores deberán anteponer la razón social a su firma, pudiendo actuar individual y separadamente.

Objeto social

El objeto de la Sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de la arquitectura, los que serán prestados por intermedio de sus socios, quienes deberán ejercer efectivamente su profesión para la Sociedad, sea directamente o con la colaboración de dependientes u otros profesionales que coadyuven a la prestación de dichos servicios. Dentro de las actividades propias del ejercicio profesional de la arquitectura, la Sociedad podrá desarrollar, entre otras, las siguientes: la elaboración, diseño y desarrollo de proyectos de arquitectura, urbanismo, planimetría y diseño de edificaciones habitacionales, urbanísticas y de destino comercial; la planificación y elaboración de estudios de factibilidad; el diseño de interiores y mobiliarios; la gestión y coordinación técnica, dirección, supervisión e inspección técnica de obras, incluidas las correspondientes a proyectos inmobiliarios, en su dimensión estrictamente profesional; la elaboración de planos, informes, peritajes y estudios de arquitectura y urbanismo; la prestación de asesorías y consultorías profesionales vinculadas al diseño arquitectónico, la iluminación de proyectos de arquitectura y el diseño sostenible; y la gestión y tramitación de permisos y autorizaciones ante organismos públicos o privados relacionados con las actividades anteriores. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad que constituya ejercicio de la profesión de arquitecto y que los socios acuerden, siempre que conserve la naturaleza de un servicio o asesoría profesional.

Capital

Capital total

$200.000

Sócios (2)

NomeParticipação

GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ

Socio

17.xxx.xxx-0

50%

JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ

Socio

18.xxx.xxx-0

50%

Administradores (2)

GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ

17.xxx.xxx-0Administrador

JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ

18.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°3.477, oficina 10, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de julio de 2026, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 36992- 2026, comparecieron: don GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ, C.I. 17.406.421-0, domiciliado en calle Manquehue Norte 1601, Departamento 304, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ, C.I. 18.639.178-0, domiciliado en calle Holanda 3730, departamento 122, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, acordaron constituir una sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES OACK LIMITADA”, pudiendo usar para fines comerciales, bancarios, publicitarios y tributarios la denominación “OACK LTDA” (“Sociedad”). OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad será exclusivamente la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de la arquitectura, los que serán prestados por intermedio de sus socios, quienes deberán ejercer efectivamente su profesión para la Sociedad, sea directamente o con la colaboración de dependientes u otros profesionales que coadyuven a la prestación de dichos servicios. Dentro de las actividades propias del ejercicio profesional de la arquitectura, la Sociedad podrá desarrollar, entre otras, las siguientes: la elaboración, diseño y desarrollo de proyectos de arquitectura, urbanismo, planimetría y diseño de edificaciones habitacionales, urbanísticas y de destino comercial; la planificación y elaboración de estudios de factibilidad; el diseño de interiores y mobiliarios; la gestión y coordinación técnica, dirección, supervisión e inspección técnica de obras, incluidas las correspondientes a proyectos inmobiliarios, en su dimensión estrictamente profesional; la elaboración de planos, informes, peritajes y estudios de arquitectura y urbanismo; la prestación de asesorías y consultorías profesionales vinculadas al diseño arquitectónico, la iluminación de proyectos de arquitectura y el diseño sostenible; y la gestión y tramitación de permisos y autorizaciones ante organismos públicos o privados relacionados con las actividades anteriores. Asimismo, la Sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad que constituya ejercicio de la profesión de arquitecto y que los socios acuerden, siempre que conserve la naturaleza de un servicio o asesoría profesional. ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social, la administración de la Sociedad y su representación judicial y extrajudicial corresponderán a los señores GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ y JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ (“Administradores”), quienes podrán representar y obligar a la Sociedad con las más amplias facultades y atribuciones. Para hacer uso de la razón social, los Administradores deberán anteponer la razón social a su firma, pudiendo actuar individual y separadamente. CAPITAL: El capital de la Sociedad será la suma de $200.000 que los socios aportan en la siguiente forma: /i/ Don GERARDO VICENTE KÖSTER ERRÁZURIZ aportará la suma de $100.000 correspondientes al 50% de los derechos sociales de la Sociedad, que se pagarán en dinero efectivo en el plazo de tres años contados desde esta fecha, según las necesidades de la Sociedad lo requieran. /ii/ Don JORGE IGNACIO CONTRERAS MARTINEZ aportará la suma de $100.000 correspondientes al 50% de los derechos sociales de la Sociedad, que se pagarán en dinero efectivo en el plazo de tres años contados desde esta fecha, según las necesidades de la Sociedad lo requieran. RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Ninguno de los socios tendrá responsabilidad personal por cualquier obligación o responsabilidad de la Sociedad por el hecho de ser socio de la misma. DURACIÓN: La duración de la presente Sociedad será de cinco años, contados desde esta fecha, su prórroga será tácita y automática, por periodos de dos años sucesivamente; siempre que ninguno de los socios manifieste su intención de ponerle término mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al vencimiento de cada período. DOMICILIO: ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de julio de 2026.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    Sociedad de Profesionales OACK Limitada

    CVE 2845036

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial