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Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Epul Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 jun 2026

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2026-06-17Ver PDF (CVE 2825673)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años
Administración: El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad le corresponderá a la socia JACQUELINE SOLEDAD EPUL ARÉVALO.

Objeto social

La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría y gestión en materias financieras, económicas, tributarias, contables y legales, a personas naturales y jurídicas, sociedades, empresas y organizaciones de cualquier naturaleza. Comprenderá, entre otros, análisis y planificación financiera; reorganización empresarial; elaboración de informes financieros y contables; auditoría y control de riesgos; planificación estratégica; gestión y administración de empresas; asesoría y consultoría legal en todas sus formas, incluyendo asesoría jurídica corporativa, contractual, regulatoria, tributaria y de cumplimiento normativo.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

JACQUELINE SOLEDAD EPUL ARÉVALO

Socio

80%

ISIDORA PAZ CARREÑO EPUL

Socio

20%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Ministerio del Interior EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, comuna de Providencia, Santiago, certifico: que mediante escritura pública de fecha 10 de junio de 2026, repertorio 9.662, otorgada ante mí: JACQUELINE SOLEDAD EPUL ARÉVALO e ISIDORA PAZ CARREÑO EPUL, ambas con domicilio en Parque de la Hacienda 6359, casa 341, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada regida por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores, y demás normas legales supletorias del Código Civil y de Comercio que le son aplicables, cuyo estatuto se extracta: Nombre: “SOCIEDAD DE PROFESIONALES EPUL LIMITADA” pudiendo usar el nombre de fantasía de “Jacqueline Epul & Asociados”; Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de la constitución de agencias, oficinas, sucursales, representaciones o establecimientos en cualquier punto del país o del extranjero; Objeto: La sociedad tendrá como objeto exclusivo la prestación de servicios profesionales de asesoría, consultoría y gestión en materias financieras, económicas, tributarias, contables y legales, a personas naturales y jurídicas, sociedades, empresas y organizaciones de cualquier naturaleza. Comprenderá, entre otros, análisis y planificación financiera; reorganización empresarial; elaboración de informes financieros y contables; auditoría y control de riesgos; planificación estratégica; gestión y administración de empresas; asesoría y consultoría legal en todas sus formas, incluyendo asesoría jurídica corporativa, contractual, regulatoria, tributaria y de cumplimiento normativo.; Capital: El capital de la sociedad es la suma de 1.000.000 de pesos, íntegramente aportado y pagado por las socias de la siguiente forma: a) JACQUELINE SOLEDAD EPUL ARÉVALO aportó la suma de 800.000 pesos equivalente a un 80 por ciento de los derechos sociales que pagó en el acto de constitución social, ingresando en la caja social; y b) ISIDORA PAZ CARREÑO EPUL, aportó la suma de 200.000 pesos, equivalentes al 20 por ciento de los derechos sociales, que pagó en el acto de constitución social, ingresando en la caja social; Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social, la representación y administración de la sociedad le corresponderá a la socia JACQUELINE SOLEDAD EPUL ARÉVALO; Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 5 años a contar de la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos iguales de tiempo, salvo que alguna de las socias manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio, al margen de la inscripción social, con tres meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo periodo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 11 de junio de 2026.

Actuaciones recientes

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