Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad De Productos Saludables Hermanas Pereira Gajardo Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 sept 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-09-06Ver PDF (CVE 1459063)

Información societaria

Ltda
Curicó, Maule
Duración: Cinco años contados desde la suscripción de la presente escritura pública, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno
Administración: Separada e indistintamente por ambas socias

Objeto social

La elaboración y comercialización de otros productos alimenticios no clasificados en otra parte. Además, podrá desarrollar entre otras, la actividad, a cualquier título, en prestación de servicios gastronómicos y alimenticios integrales, siendo parte de dicha actividad la producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza, comidas preparadas, concesión de casinos, restaurant, fuente de soda y todo tipo de lugar o establecimiento dedicado al rubro alimenticio; servicios de aseo y ornato, banquetería, la capacitación, educación, distribución, desarrollo de eventos gastronómicos; arrendamiento, compra, venta y distribución de materias primas, insumos, materiales, artículos y equipos del rubro alimenticio, ya sea en locales propios, ajenos o concesionados, sean estos públicos o privados; en general la explotación de negocios como cafeterías, restaurantes y fuentes de soda; invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, formar sociedades de cualquier clase o participar en cualquier forma o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas, con la facultad de administrar dichas inversiones; todo lo anterior sin perjuicio de las actividades comerciales que los socios acuerden realizar con la posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; 2) La contratación, subcontratación y administración de personal y/o recursos humanos, por cuenta propia o ajena; 3) La contratación, prestación de servicios, edición, diseño, publicación, consultoría, asesoría, procesamiento de datos, creación, realización, ejecución de todo tipo de proyectos, sean éstos en cualquier formato, especialmente en formato digital, en todo lo relacionado con el área de las comunicaciones y marketing; y 4) La celebración de todo tipo de actos y contratos para el desarrollo de actividades y prestación de servicios en cualquiera de sus formas, operaciones y negocios que los socios acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos mencionados.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

KAREN ELIZABETH PEREIRA GAJARDO

Socio

15.xxx.xxx-7

50%

NATALIA ESTEFANÍA PAULA YANÍS PEREIRA GAJARDO

Socio

18.xxx.xxx-7

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

Ante mí, ROBERTO PRELLER ARAYA, Abogado, Notario Suplente del Titular Hernán Fuentes Acevedo, Tercera Notaria de Curicó, Oficio calle Carmen 498, Curicó, certifica: Por escritura de hoy ante mi KAREN ELIZABETH PEREIRA GAJARDO, chilena, Ingeniero en Administración, soltera, cédula de identidad N° 15.130.358-7; y NATALIA ESTEFANÍA PAULA YANÍS PEREIRA GAJARDO, chilena, Enfermera, soltera, cédula de identidad N° 18.576.845-7, ambas domiciliadas en Población Sol de Septiembre, Pasaje Río La Ligua N° 1.463, comuna de Curicó, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es “SOCIEDAD DE PRODUCTOS SALUDABLES HERMANAS PEREIRA GAJARDO LIMITADA”, pudiendo usar y actuar también con el nombre de fantasía de “UTOPÍA SALUDABLE LTDA.” Objeto: Será: 1) La elaboración y comercialización de otros productos alimenticios no clasificados en otra parte.- Además, podrá desarrollar entre otras, la actividad, a cualquier título, en prestación de servicios gastronómicos y alimenticios integrales, siendo parte de dicha actividad la producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza, comidas preparadas, concesión de casinos, restaurant, fuente de soda y todo tipo de lugar o establecimiento dedicado al rubro alimenticio; servicios de aseo y ornato, banquetería, la capacitación, educación, distribución, desarrollo de eventos gastronómicos; arrendamiento, compra, venta y distribución de materias primas, insumos, materiales, artículos y equipos del rubro alimenticio, ya sea en locales propios, ajenos o concesionados, sean estos públicos o privados; en general la explotación de negocios como cafeterías, restaurantes y fuentes de soda; invertir en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, formar sociedades de cualquier clase o participar en cualquier forma o adquirir derechos, haberes o acciones en ellas, con la facultad de administrar dichas inversiones; todo lo anterior sin perjuicio de las actividades comerciales que los socios acuerden realizar con la posterioridad a la entrada en vigencia de esta sociedad; 2) La contratación, subcontratación y administración de personal y/o recursos humanos, por cuenta propia o ajena; 3) La contratación, prestación de servicios, edición, diseño, publicación, consultoría, asesoría, procesamiento de datos, creación, realización, ejecución de todo tipo de proyectos, sean éstos en cualquier formato, especialmente en formato digital, en todo lo relacionado con el área de las comunicaciones y marketing; y 4) La celebración de todo tipo de actos y contratos para el desarrollo de actividades y prestación de servicios en cualquiera de sus formas, operaciones y negocios que los socios acuerden y que se relacionen directa o indirectamente con los objetos mencionados.- Administración: Corresponderá separada e indistintamente a las socias KAREN ELIZABETH PEREIRA GAJARDO y NATALIA ESTEFANÍA PAULA YANÍS PEREIRA GAJARDO.- Capital: De $2.000.000.- aportando el 50% la socia KAREN ELIZABETH PEREIRA GAJARDO, y el 50% la socia NATALIA ESTEFANÍA PAULA YANÍS PEREIRA GAJARDO, que se enteran y pagan en este acto, al contado a la caja social.- Duración: Cinco años contados desde la suscripción de la presente escritura pública. Este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de las socias manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social con una anticipación, a lo menos, de tres meses de antelación al vencimiento del año calendario respectivo.- Domicilio: Será la ciudad de Curicó, sin perjuicio de sucursales, en otras ciudades del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Curicó, 31 de Agosto de 2018.

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Relaciones societarias

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