Sociedad De Medicina Y Parra Ponce Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
servicios médicos y cirugías en general y asesoramientos médicos. En todo caso, la sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden los socios, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines
Capital
Capital total
$8.000.000
Capital pagado
$8.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ Socio | - | 50% | $4.000.000 |
JOEL IGNACIO PONCE RIVADENEIRA Socio | - | 50% | $4.000.000 |
Administradores (1)
TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ
Texto oficial del extracto
ALVARO MERA CORREA, Abogado, Notario Público de las comunas de Constitución y Empedrado domiciliado en O’Higgins Número 499-A de Constitución, certifica que: por escritura pública de fecha d hoy, don Teófilo Roberto Parra González y don Joel Ignacio Ponce Rivadeneira, ambos domiciliados en Rio Purapel Numero 1950, Villa Millauquén de la ciudad de Constitución, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, razón social "SOCIEDAD DE MEDICINA Y PARRA PONCE LIMITADA", nombre de fantasía SOCIEDAD MÉDICA P Y P LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad será servicios médicos y cirugías en general y asesoramientos médicos. En todo caso, la sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden los socios, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines. Capital: $8.000.000.- (ocho millones de pesos), que se enteran de la siguiente forma: a) don TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) que entera aportando en este acto, al contado, en dinero efectivo del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción; b) don JOEL IGNACIO PONCE RIVADENEIRA la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) que entera aportando en este acto, al contado, en dinero efectivo del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a don TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna, en toda clase de actos, declaraciones, contratos, convenciones, negocios o gestiones que estime conveniente efectuar para el mejor cumplimiento de los fines sociales. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Domicilio: El domicilio de la sociedad será Constitución, sin perjuicio de los establecimientos que pudieran abrirse en cualquier otra ciudad del país. Constitución, 12 de octubre de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE MEDICINA Y PARRA PONCE LIMITADA
CVE 1478806
