Sociedad De Medicina Parra Y Ponce Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será servicios médicos y cirugías en general y asesoramientos médicos. En todo caso, la sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden los socios, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines.
Capital
Capital total
$8.000.000
Capital pagado
$8.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Teófilo Roberto Parra González Socio | - | 50% | $4.000.000 |
Joel Ignacio Ponce Rivadeneira Socio | - | 50% | $4.000.000 |
Administradores (1)
Teófilo Roberto Parra González
Texto oficial del extracto
ALVARO MERA CORREA, Abogado, Notario Público de las comunas de Constitución y Empedrado domiciliado en O’Higgins Número 499-A, certifica que: por escritura pública de fecha 12 de octubre del presente año, don Teófilo Roberto Parra González y don Joel Ignacio Ponce Rivadeneira, ambos domiciliados en Rio Purapel Numero 1950, Villa Millauquén de la ciudad de Constitución, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, razón social "SOCIEDAD DE MEDICINA PARRA Y PONCE LIMITADA", nombre de fantasía "SOCIEDAD MÉDICA P Y P LTDA". Objeto: El objeto de la sociedad será servicios médicos y cirugías en general y asesoramientos médicos. En todo caso, la sociedad podrá dedicarse a cualquier tipo de actividades que directa o indirectamente se relacionen con el objeto aquí señalado y que acuerden los socios, pudiendo al efecto ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos de cualquier naturaleza que conduzcan al más fiel y cabal cumplimiento de dichos fines. Capital: $8.000.000.- (ocho millones de pesos) que se enteran de la siguiente forma: a) don TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) que entera aportando en este acto, al contado, en dinero efectivo del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción; b) don JOEL IGNACIO PONCE RIVADENEIRA la suma de $4.000.000.- (cuatro millones de pesos) que entera aportando en este acto, al contado, en dinero efectivo del cual la sociedad se da por recibida a su entera satisfacción. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad personal al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a don TEOFILO ROBERTO PARRA GONZALEZ quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar y obligar a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna, en toda clase de actos, declaraciones, contratos, convenciones, negocios o gestiones que estime conveniente efectuar para el mejor cumplimiento de los fines sociales. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Domicilio: El domicilio de la sociedad será Constitución, sin perjuicio de los establecimientos que pudieran abrirse en cualquier otra ciudad del país. Constitución, 29 de octubre de 2018.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD DE MEDICINA PARRA Y PONCE LIMITADA
CVE 1488238
