有限責任公司

Sociedad de Inversiones Morales & Quijada Limitada

CONSTITUCIÓN — 2021年7月23日

Diario Oficial

公司資料

Ltda
La Serena, Coquimbo
期限: cinco años, plazo que se entenderá renovado tácita y sucesivamente, por períodos iguales de tres años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de expiración del respectivo período
管理方式: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña CRISTINA ANDREA QUIJADA OLIVARES, quien anteponiendo su nombre a la razón social deberá actuar en la forma y con las facultades que se indican en la cláusula quinta de la escritura extractada

公司目的

La compra y venta de inmuebles, arriendo, permuta de inmuebles, corretajes de propiedades, compra de bienes agrícolas, loteo de inmuebles, adjudicación de inmuebles en remate, sean de orden público o privados, ejecución de contratos de leasing inmobiliario. Compraventa de pertenencias minera, agrícolas, industriales, gestión inmobiliaria, paisajismo, compraventa de vehículos, arriendo de maquinaria minera e industrial, arriendo de automóviles de transporte urbano, rural, arriendo de maquinaria para la construcción, ejecución de obras civiles, industriales, arquitectura, diseño, inversión de capital, gestión financiera, servicios profesionales, ingeniería, y en general realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social

資本

總資本

$10.000.000.-

實繳資本

$2.000.000.-

待繳資本

$8.000.000.-

股東(2)

姓名持股比例

CRISTINA ANDREA QUIJADA OLIVARES

Socio

10.xxx.xxx-9

60%

CARLOS ALBERTO LAUREANO MORALES

Socio

26.xxx.xxx-4

40%

管理人(1)

CRISTINA ANDREA QUIJADA OLIVARES

10.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaria de La Serena, con oficio en calle Huanhualí 324, certifica que por escritura pública Repertorio N° de fecha 20 de Julio del año 2021, ante mí: NOMBRE APELLIDOS Y DOMICILIO DE LOS SOCIOS: Doña CRISTINA ANDREA QUIJADA OLIVARES, chilena, divorciada, factor de comercio, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos veintitrés mil novecientos cincuenta guion nueve, domiciliada en Avenida del Mar número cuatro mil trescientos, departamento número treinta y tres, Edificio Aranjuez, ciudad y comuna de La Serena, y don CARLOS ALBERTO LAUREANO MORALES, argentino, divorciado, empresario, cédula de identidad extranjero número veintiséis millones doscientos ochenta y siete mil trescientos noventa y nueve guion cuatro, domiciliado en Avenida del Mar número cuatro mil trescientos, departamento número treinta y tres, Edificio Aranjuez, ciudad y comuna de La Serena; constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de conformidad a lo establecido en la Ley número tres mil novecientos dieciocho, de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, teniendo además presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versen sobre la materia, en todo lo que no se hubiere estipulado expresamente en el presente contrato.- RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será “SOCIEDAD DE INVERSIONES MORALES & QUIJADA LIMITADA”, sin perjuicio de poder actuar y operar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “INVERSIONES M & Q LTDA.”.- SOCIOS ENCARGADOS DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia doña CRISTINA ANDREA QUIJADA OLIVARES, ya individualizada, quien anteponiendo su nombre a la razón social deberá actuar en la forma y con las facultades que se indican en la cláusula quinta de la escritura extractada. CAPITAL SOCIAL: El capital social será la suma de diez millones de pesos ($10.000.000.-), que serán aportados por los socios de la siguiente forma: a) la socia Cristina Andrea Quijada Olivares aporta la suma de seis millones de pesos ($6.000.000.-), de la siguiente forma: a) con la cantidad de un millón de pesos que al contado y en dinero en efectivo que entera en este acto en arcas social y b) el saldo de cinco millones de pesos ($5.000.000.-) serán aportados en el plazo de tres años; y el socio Carlos Alberto Laureano Morales aporta la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000.-), de la siguiente forma: a) con el aporte de la cantidad de un millón de pesos al contado y en dinero en efectivo que entera en este acto en arcas social y b) el saldo de tres millones de pesos ($3.000.000.-) serán aportados en el plazo de tres años.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la compra y venta de inmuebles, arriendo, permuta de inmuebles, corretajes de propiedades, compra de bienes agrícolas, loteo de inmuebles, adjudicación de inmuebles en remate, sean de orden público o privados, ejecución de contratos de leasing inmobiliario. Compraventa de pertenencias minera, agrícolas, industriales, gestión inmobiliaria, Paisajismo, compraventa de vehículos, arriendo de maquinaria minera e industrial, arriendo de automóviles de transporte urbano, rural, arriendo de maquinaria para la construcción, ejecución de obras civiles, industriales, arquitectura, diseño, inversión de capital, gestión financiera, servicios profesionales, ingeniería, y en general realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social.- DURACIÓN: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura y tendrá una duración de cinco años, plazo que se entenderá renovado tácita y sucesivamente, por períodos iguales de tres años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante declaración contenida en escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social, con a lo menos tres meses de anticipación a la fecha de expiración del respectivo período.- DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de La Serena, sin perjuicio de la sucursales o agencias que establezca en el resto del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- La Serena, 21 de Julio del año 2021.

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  1. CONSTITUCIÓN

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