有限責任公司

Sociedad De Inversiones Juangui Limitada

CONSTITUCIÓN — 2026年7月20日

Diario Oficial

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 10 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
管理方式: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Juan Guillermo Caro Silva, quien actuando individualmente, anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada.

公司目的

La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos. La compraventa, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase.

資本

總資本

$9.068.772.248

實繳資本

$8.887.396.804

待繳資本

$181.375.444

股東(3)

姓名持股比例

Juan Guillermo Caro Silva

Socio

5.xxx.xxx-k

98%

Guillermo Andrés Caro Espinoza

Socio

14.xxx.xxx-7

1%

Bárbara Mariel Caro Espinoza

Socio

14.xxx.xxx-k

1%

管理人(1)

Juan Guillermo Caro Silva

5.xxx.xxx-kAdministrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogado, Notario Público, Titular de la 48° Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, Comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, certifico: por escritura de fecha 09 de julio de 2026, ante mí, (I) BÁRBARA MARIEL CARO ESPINOZA, C.I. N°14.368.069-K, (II) GUILLERMO ANDRÉS CARO ESPINOZA, C.I. N°14.260.545-7, (III) JUAN GUILLERMO CARO SILVA, C.I. N°5.219.671-K, todos domiciliados para estos efectos en Valentín Letelier N°1373, oficina 700, Santiago, Región Metropolitana, quienes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será SOCIEDAD DE INVERSIONES JUANGUI LIMITADA. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Juan Guillermo Caro Silva, quien actuando individualmente, anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: $9.068.772.248.- que los socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) Juan Guillermo Caro Silva aporta la cantidad de $8.887.396.804, equivalentes al 98% del capital social, ya pagados e ingresados a la caja social; (II) Guillermo Andrés Caro Espinoza aporta la cantidad de $90.687.722, equivalentes al 1% del capital social, los cuales pagará en dinero en efectivo o en especies en el plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada; y, (III) Bárbara Mariel Caro Espinoza aporta la cantidad de $90.687.722, equivalentes al 1% del capital social, los cuales pagará en dinero en efectivo o en especies en el plazo de 5 años contados desde la fecha de escritura extractada. OBJETO: El objeto de la sociedad será: (a) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, sean éstos corporales o incorporales; incluyendo la adquisición de acciones de sociedades, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y en general en instrumentos de crédito y en toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos. (b) La compraventa, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de sociedades, comunidades y personas jurídicas de cualquier clase. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2026.

最近登記事項

  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE INVERSIONES JUANGUI LIMITADA

    CVE 2841385

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