Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad De Inversiones E Inmobiliaria Arratia Y Villouta Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 jun 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-06-03Ver PDF (CVE 1223210)

Información societaria

Ltda
Viña del Mar, Valparaíso
Duración: cinco años, renovables automática y sucesivamente, por períodos iguales contar de la fecha de escritura de constitución
Administración: corresponderá a ambos socios indistintamente con amplias facultades

Objeto social

a) La compra y venta de toda clase de bienes muebles e inmuebles. Para estos fines podrá realizar tasaciones y valorizaciones de bienes específicos y ejercer en el rubro de la inmobiliaria y el corretaje de propiedades pudiendo desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier clase u especie, lo que comprende, la adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; su administración y la percepción de sus frutos. b) La inversión capitales, en toda clase bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas acciones, bonos y debentures, planes ahorro, cuotas o derechos todo tipo sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la adquisición, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, a cualquier título, de todo tipo de bienes raíces, sean urbanos o rurales, sin limitación alguna; la enajenación total o parcial de los mismos; la construcción en ellos, directamente o por terceros; la inversión en general, pudiendo adquirir para sí y/o para terceros acciones, derechos y participación en todo tipo de negocios y/o sociedades sean éstas civiles y/o comerciales, chilenas o extranjeras; el desarrollo negocios financieros, sin captación de dineros del público, mediante contratos de mutuo, leasing y otros similares; y cualquier actividad relacionada, actualidad o futuro, con actividad inversiones e inmobiliaria.- c) La realización de transporte de carga, fletes, y compra venta y arriendo de maquinarias.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital pagado

$2.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

PAOLA INES VILLOUTA BALBOA

Socio

12.xxx.xxx-2

50%

MICHAEL ALEXANDER ARRATIA TRUJILLO

Socio

13.xxx.xxx-0

50%

Administradores (2)

PAOLA INES VILLOUTA BALBOA

12.xxx.xxx-2Administrador

MICHAEL ALEXANDER ARRATIA TRUJILLO

13.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial del extracto

RAUL FARREN PAREDES, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con oficio en calle Villanelo, numero 66; certifico por escritura hoy, ante mi PAOLA INES VILLOUTA BALBOA, chilena, casada, contadora, cédula nacional de identidad numero 12.229.178-2 y MICHAEL ALEXANDER ARRATIA TRUJILLO, chileno, Casado, empresario, cedula de identidad numero 13.879.855-0 ambos domiciliados en Uno Norte quinientos veinticinco, oficina trescientos seis, de la comuna de Viña del Mar, constituyeron Sociedad comercial de Responsabilidad Limitada. Objeto; a) La compra y venta de toda clase de bienes muebles e inmuebles. Para estos fines podrá realizar tasaciones y valorizaciones de bienes específicos y ejercer en el rubro de la inmobiliaria y el corretaje de propiedades pudiendo desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier clase u especie, lo que comprende, la adquisición, enajenación y arrendamiento de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; su administración y la percepción de sus frutos. b) La inversión capitales, en toda clase bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas acciones, bonos y debentures, planes ahorro, cuotas o derechos todo tipo sociedades, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase títulos o valores mobiliarios; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la adquisición, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, a cualquier título, de todo tipo de bienes raíces, sean urbanos o rurales, sin limitación alguna; la enajenación total o parcial de los mismos; la construcción en ellos, directamente o por terceros; la inversión en general, pudiendo adquirir para sí y/o para terceros acciones, derechos y participación en todo tipo de negocios y/o sociedades sean éstas civiles y/o comerciales, chilenas o extranjeras; el desarrollo negocios financieros, sin captación de dineros del público, mediante contratos de mutuo, leasing y otros similares; y cualquier actividad relacionada, actualidad o futuro, con actividad inversiones e inmobiliaria.- c) La realización de transporte de carga, fletes, y compra venta y arriendo de maquinarias. Razón Social; “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA ARRATIA Y VILLOUTA LIMITADA." Pudiendo usar para todos los efectos legales el nombre de fantasía, “INVERSIONES TERRA LIMITADA.” Domicilio; será la comuna de Viña del Mar; Capital social; $2.000.000.- que los socios aportan y aportaran así; a) Socio PAOLA INES VILLOUTA BALBOA aporta $1.000.000, que entera de contado y dinero efectivo, que ingresan a la caja social; b) Socio MICHAEL ALEXANDER ARRATIA TRUJILLO aporta $1.000.000, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social; Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a ambos socios indistintamente con amplias facultades, Duración; duración de cinco años, renovables automática y sucesivamente, por períodos iguales contar de la fecha de escritura de constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Viña del Mar, 08 Mayo 2017.-

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