Cooperativa

Sociedad Cooperativa de Trabajo y Consumo de Dueños de Camiones Ltda.

MODIFICACIÓN — 13 oct 2016

Diario Oficial

ModificaciónDiario Oficial · 2016-10-13Ver PDF (CVE 1123021)

Información societaria

Cooperativa
Santiago, Región Metropolitana

Historia societaria relatada

  1. Transformación· 2 de mayo de 2015

    Se celebró junta general de socios para acordar una reforma al estatuto social.

  2. Transformación· 24 de junio de 2015

    El acta de la reforma estatutaria se redujo a escritura pública ante el mismo notario.

  3. Otro acto· 5 de diciembre de 2015

    Junta general especialmente citada de socios aprueba el saneamiento de vicios de citación y de la reforma estatutaria.

Texto oficial del extracto

Pablo A. González Caamaño, abogado, Notario Público Titular de la 9ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Teatinos 333, entrepiso, CERTIFICA: Por escritura de fecha 27 de septiembre de 2016, ante mi, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta General especialmente citada de socios de la Sociedad Cooperativa de Trabajo y Consumo de Dueños de Camiones Ltda., celebrada el 5 de Diciembre de 2015, con la asistencia de 8 socios, en la que se acordó el saneamiento de los vicios en que se incurrió en la junta general de socios citada especialmente para acordar una reforma al estatuto social, celebrada el 2 de mayo de 2015, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 24 de junio de 2015, ante este mismo notario, y el extracto respectivo se inscribió a fojas 47847, Número 27977 del año 2015 del Registro de Comercio del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en el Diario Oficial del 8 de julio de 2015. Por unanimidad se aprobó el saneamiento de la citación a dicha junta, en el sentido que la publicación se realizó en el Diario Electrónico El Mostrador los días 25 y 27 de abril de 2015, fuera del plazo que establece el estatuto lo que podría eventualmente acarrear la nulidad de dicha junta y en consecuencia de la reforma estatutaria, se realizó cumpliéndose igualmente con el art. 23 de la Ley General de Cooperativas. Además, se saneó la reforma, en el sentido que el agregado de un numeral Cuatro con el siguiente contenido: “Por inasistencia reiterada y sucesiva a cuatro juntas generales de socios a las que haya sido legalmente citado.”, corresponde al artículo Undécimo del estatuto y no al Duodécimo, como se señaló erróneamente en el acta antes señalada.

Actuaciones recientes

  1. MODIFICACIÓN

    Sociedad Cooperativa de Trabajo y Consumo de Dueños de Camiones Ltda.

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Relaciones societarias

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