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Sociedade de Responsabilidade Limitada

Sociedad Comercial Santa Maria Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 de jan. de 2021

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2021-01-22Ver PDF (CVE 1883793)

Informações societárias

Ltda
Malloa, O'Higgins
Duração: 5 años, renovable automáticamente períodos iguales
Administração: Socio ESTEBAN ANDRES GONZALEZ SALAS, amplias facultades

Objeto social

A) La distribución, comercialización, promoción y la compra, venta, de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, en especial de productos alimenticios, bebidas, helados, dulces y confites, elaborados y envasados por el fabricante y/o proveedores en general. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá, formar parte en otras sociedades, modificarlas asumir la administración de las mismas la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia y ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas y todos los demás actos, contratos y negocios que acuerden los socios, cualquiera sea la naturaleza jurídica de éstos y sin que sea necesario acreditar a terceros finalidad precisa para esas operaciones; y B) la explotación, mantención, administración y atención de restoranes, fuentes de soda, hoteles, hostales y centros de eventos en general, de bares, pubs, y otros establecimientos semejantes, sean de propiedad de la sociedad o de terceros y que ésta explote a cualquier título; la producción, promoción y realización de todo tipo de eventos o espectáculos, ya sean artísticos o culturales o de cualquier otra naturaleza y, en general, efectuar todas las inversiones que los socios acuerden. La producción y elaboración de comidas para terceros, compra y venta de alimentos, procesados y no procesados, de vinos y licores.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

NomeParticipação

JUAN BAUTISTA GONZALEZ CERON

Socio

20%

MARIA AMELIA DEL CARMEN GONZALEZ SALAS

Socio

20%

JUANA ELENA GONZALEZ SALAS

Socio

20%

ESTEBAN ANDRES GONZALEZ SALAS

Socio

20%

EDUARDO ENRIQUE GONZALEZ SALAS

Socio

20%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ÁLVARO DANIEL CARVALLO CASTILLO, Notario Público Rancagua, Suplente del Titular Eduardo de Rodt Espinosa, San Martín 427, Rancagua, certifica: Por escritura hoy ante mí, JUAN BAUTISTA GONZALEZ CERON, MARIA AMELIA DEL CARMEN GONZALEZ SALAS, JUANA ELENA GONZALEZ SALAS, ESTEBAN ANDRES GONZALEZ SALAS, y EDUARDO ENRIQUE GONZALEZ SALAS, todos domiciliados en Fundo Limahue número 121, Malloa, constituyeron SOCIEDAD COMERCIAL SANTA MARIA LIMITADA, pudiendo usar y actuar nombres de fantasía SANTA MARIA LTDA. Objeto: A) La distribución, comercialización, promoción y la compra, venta, de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales, en especial de productos alimenticios, bebidas, helados, dulces y confites, elaborados y envasados por el fabricante y/o proveedores en general. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá, formar parte en otras sociedades, modificarlas asumir la administración de las mismas la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia y ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas y todos los demás actos, contratos y negocios que acuerden los socios, cualquiera sea la naturaleza jurídica de éstos y sin que sea necesario acreditar a terceros finalidad precisa para esas operaciones; y B) la explotación, mantención, administración y atención de restoranes, fuentes de soda, hoteles, hostales y centros de eventos en general, de bares, pubs, y otros establecimientos semejantes, sean de propiedad de la sociedad o de terceros y que ésta explote a cualquier título; la producción, promoción y realización de todo tipo de eventos o espectáculos, ya sean artísticos o culturales o de cualquier otra naturaleza y, en general, efectuar todas las inversiones que los socios acuerden. La producción y elaboración de comidas para terceros, compra y venta de alimentos, procesados y no procesados, de vinos y licores. Domicilio: Comuna de Malloa, sin perjuicio de agencias o sucursales en resto del país o extranjero. Administración, representación y uso razón social: Socio ESTEBAN ANDRES GONZALEZ SALAS, amplias facultades. Capital: $10.000.000.-, que socios aportan a razón de $2.000.000 cada uno, de la siguiente forma: Socio JUAN BAUTISTA GONZALEZ CERON; socia MARIA AMELIA DEL CARMEN GONZALEZ SALAS; socio ESTEBAN ANDRES GONZALEZ SALAS y socio EDUARDO ENRIQUE GONZALEZ SALAS, todos mediante el aporte en dominio de los derechos que a cada uno le corresponden sobre: a) Una propiedad raíz ubicada en camino principal número ciento veintiuno, que corresponde al LOTE A, resultante de la subdivisión del Sitio número Nueve del Proyecto de Parcelación San Alberto, de la comuna de Malloa, provincia de Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, de una superficie de tres mil ochocientos setenta y ocho coma noventa y un metros cuadrados, e inscrita a fojas 1.730 número 1.646 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rengo; y b) Patente municipal número 20117, de almacén, roticería y juegos de entretención, denominada patente comercial, y patente municipal número 40048, de restaurantes, denominada patente comercial y alcoholes, ambas de la Ilustre Municipalidad de Malloa. Y socia JUANA ELENA GONZALEZ SALAS, aporta la suma de $2.000.000.-, con $1.000.000.-. en este acto, al contado y en dinero efectivo, y $1.000.000.- mediante el aporte en dominio de los derechos que le corresponden en la patente municipal número 20117, de almacén, roticería y juegos de entretención, denominada patente comercial, y la patente municipal número 40048, de restaurantes, denominada patente comercial y alcoholes, ambas de la Ilustre Municipalidad de Malloa. Aportes ingresados a la caja social, a la fecha de celebración de la presente escritura, dándose por íntegramente enterado el capital social. Duración: 5 años, renovable automáticamente períodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 12 de enero de 2021.

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