Sociedad Comercial Ruiz Y Guajardo Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Restaurantes; la explotación, gestión y administración por cuenta propia o de terceros de restaurantes en que se sirvan comidas preparadas y para llevar, bebidas alcohólicas y analcohólicas, bares, fuentes de soda, pastelerías, pubs, salones de té, cafeterías, prestación de servicios de banquetearía, bodas y otras celebraciones, y producción de eventos en lugares propios o del dominio de terceros y toda otra actividad que tenga relación con las anteriores; establecimientos de comida rápida (bares, fuente de soda, gelatería, pizzerías y similares); cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal
Capital
Capital total
$10.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$7.000.000
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 16.xxx.xxx-3 | 16.xxx.xxx-3 | 50% | $5.000.000 |
GONZALO IGNACIO GUAJARDO CUEVAS Socio 17.xxx.xxx-k | 17.xxx.xxx-k | 50% | $5.000.000 |
Administradores (2)
GONZALO IGNACIO GUAJARDO CUEVAS
Texto oficial del extracto
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUERTA NOTARIA DE LOS ANGELES, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, de esta ciudad, por escritura de hoy ante mí Rep N° 6500-2017, don PEDRO PABLO RUIZ GOÑI, cédula de identidad N° 16.650.416-3, con domicilio en Avenida Gabriela Mistral N° 1296, casa número C-53, Los Ángeles, y don GONZALO IGNACIO GUAJARDO CUEVAS, cédula de identidad N° 17.744.037-K, con domicilio en Avenida Las Industrias S/N, Los Ángeles; Constituyeron una sociedad responsabilidad limitada a monto de aportes.- Domicilio: Será la comuna de Los Ángeles, Región del Bio-Bìo, sin perjuicio de abrir sucursales en cualquier lugar del país o en el extranjero.-Razón social: Será “SOCIEDAD COMERCIAL RUIZ Y GUAJARDO LIMITADA”. Sin embargo la sociedad y/o los socios podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de “SOCIEDAD THAI BOX LTDA”.-Objeto: Será: a) Restaurantes; b) La explotación, gestión y administración por cuenta propia o de terceros de restaurantes en que se sirvan comidas preparadas y para llevar, bebidas alcohólicas y analcohólicas, bares, fuentes de soda, pastelerías, pubs, salones de té, cafeterías, prestación de servicios de banquetearía, bodas y otras celebraciones, y producción de eventos en lugares propios o del dominio de terceros y toda otra actividad que tenga relación con las anteriores; c) Establecimientos de comida rápida (bares, fuente de soda, gelatería, pizzerías y similares); d) Cualquier otra que los socios acordaren y que esté directa o indirectamente relacionada con el giro principal.-Administración, Representación, Uso de Razón Social y nombre fantasía: Corresponderá a ambos socios conjuntamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su respectiva firma, la obligarán y representarán con las más amplias facultades de administración, pudiendo intervenir en todo acto o contrato en que sea parte o tenga interés la sociedad y convenir en las cláusulas de la esencia, de la naturaleza o meramente accidentales a dichos actos.- Capital: El Capital social asciende a la suma de $10.000.000 de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: Uno.- El socio don PEDRO PABLO RUIZ GOÑI con la suma de cinco millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de tres millones quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran dentro del plazo de cinco años a contar de la presente escritura. Dos: el socio don GONZALO IGNACIO GUAJARDO CUEVAS, con la suma de cinco millones de pesos, que se entera y paga del modo siguiente: a) con la suma de un millón quinientos mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo, valores que han ingresado a la caja social; y b) con la suma de tres millones quinientos mil pesos, que se ingresarán a la caja social a la medida que las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de cinco años a contar de la presente escritura.- El socio podrá cumplir su obligación de enterar el aporte a que se ha comprometido, mediante el pago de dinero o aporte en domino o usufructo de toda clase de bienes muebles o raíces corporales o incorporales como también capitalizando utilidades que le correspondan en la sociedad.- De las utilidades y pérdidas.- Se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.- Del plazo y renovación automática: La sociedad se pacta por un plazo de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del período respectivo o de la prórroga que estuviera vigente.-La presente escritura fue extendida en base a minuta redactada y firmada por el abogado de este domicilio, don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ.- Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 11 de septiembre de 2017.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL RUIZ Y GUAJARDO LIMITADA
CVE 1273419
