Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial Ridor Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-08Ver PDF (CVE 1269417)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno
Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales

Objeto social

La confección y comercialización de todo tipo de prendas de vestir y productos del giro textil, compra y comercialización de artículos electrónicos y electrodomésticos, artículos de relojería y partes de relojería, artículos de juguetería, además de importación y exportación de los mismos, cualquiera que estos sean, productos terminados o insumos, etcétera, propios o de terceros, con materiales nacionales o importados, de las actividades anexas que los socios acuerden

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

RIDSON ALBERTO CASQUINO OSCCO

Socio

23.xxx.xxx-4

50%

DORIS YACQUELINE PEREZ CENTURIÓN

Socio

21.xxx.xxx-2

50%

Administradores (2)

RIDSON ALBERTO CASQUINO OSCCO

23.xxx.xxx-4Administrador

DORIS YACQUELINE PEREZ CENTURIÓN

21.xxx.xxx-2Administrador

Texto oficial del extracto

Elena Torres Seguel, Notario Público de la Trigésima Quinta Notaría de Santiago, con oficio en paseo Bulnes 141, Santiago, certifica: Por escritura pública de esta fecha, don RIDSON ALBERTO CASQUINO OSCCO, peruano, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad para extranjeros veintitrés millones cuatrocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta y cinco guion cuatro número, y doña DORIS YACQUELINE PEREZ CENTURIÓN, peruana, soltera, factor de comercio, cedula nacional de identidad para extranjeros número veintiún millones setecientos treinta y nueve mil novecientos noventa y uno guión dos, ambos domiciliados en calle Bascuñán Guerrero número cuarenta y siete local B veintisiete, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada razón social “Sociedad Comercial Ridor Limitada”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier otro organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de “RIDOR LTDA.”; OBJETO: El objeto de la sociedad será la confección y comercialización de todo tipo de prendas de vestir y productos del giro textil, compra y comercialización de artículos electrónicos y electrodomésticos, artículos de relojería y partes de relojería, artículos de juguetería, además de importación y exportación de los mismos, cualquiera que estos sean, productos terminados o insumos, etcétera, propios o de terceros, con materiales nacionales o importados, de las actividades anexas que los socios acuerden; DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la cuidad de Santiago, sin perjuicio de las demás sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país; CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de diez millones de pesos, que se enteran y aportan de la siguiente forma: RIDSON ALBERTO CASQUINO OSCCO aporte de dinero en efectivo por la suma de cinco millones de pesos que corresponde al cincuenta por ciento del capital social y doña DORIS YACQUELINE PEREZ CENTURIÓN aporte en dinero efectivo por la suma de cinco millones de pesos, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social; ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a indistintamente a cualquiera de los socios, don, RIDSON ALBERTO CASQUINO OSCCO y doña DORIS YACQUELINE PEREZ CENTURIÓN, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales; VIGENCIA DE LA SOCIEDAD: Se deja constancia que la sociedad empezara a regir el día de otorgamiento de esta escritura. Su duración será de cinco años. Sera renovable tacita y sucesivamente por periodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses, antes del fin del respectivo período. Demas estipulaciones escritura extractada.Santiago, 16 de Agostode 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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