Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial Páez E Hijo Limitada

CONSTITUCIÓN — 29 may 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-29Ver PDF (CVE 1221157)

Información societaria

Ltda
La Serena, Coquimbo
Duración: 5 años a contar de la firma de la escritura, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderán conjuntamente a los socios, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, con las más amplias facultades

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras Instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de Instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, intermediar depósitos y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos; b) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido; c) asesorías laborales, de seguridad social, tributarias, contables, administrativas y civiles; d) la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal, la prestación, contratación, capacitación y administración de personal humano profesional y técnico; e) la asesoría y consultoría en relación con las labores anteriores; f) la sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socio, socio o accionista u accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; g) la adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, y el uso de las licencias que les serán permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; h) las actividades a desarrollar podrán ser ejecutadas directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, así como todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado de cualquiera manera, con los giros antes expresados; y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades, y toda actividad que permita cumplir con el objeto social; y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$8.000.000

Capital pagado

$8.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA

Socio

7.xxx.xxx-0

50%

SEBASTIÁN ADOLFO PÁEZ DÍAZ

Socio

15.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA

7.xxx.xxx-0Administrador

SEBASTIÁN ADOLFO PÁEZ DÍAZ

15.xxx.xxx-5Administrador

Texto oficial del extracto

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público, O”Higgins Nº 744, Copiapó, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de Mayo de 2017, otorgada ante mí, Repertorio N° 1.025-2.017, ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, administrador, RUN N° 7.881.125-0, Copiapó, Callejón Pedro León Gallo S/N Condominio Villa Los Tulipanes casa 12 y SEBASTIÁN ADOLFO PÁEZ DÍAZ, chileno, soltero, ingeniero comercial, RUN N° 15.034.909-5, Pasaje Macario Peña 825, Villa Casas de Placilla Copiapó; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “SOCIEDAD COMERCIAL PÁEZ E HIJO LIMITADA”, nombre de fantasía “PÁEZ E HIJO COMERCIAL LTDA.”- Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto: a) administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones, debentures, depósitos a la vista o a plazo, bancarios o en otras Instituciones de crédito, bonos, créditos, crías de acciones, vales a la vista y toda clase de acreencias en contra de Instituciones públicas o privadas o de personas naturales; efectuar depósitos, intermediar depósitos y préstamos hipotecarios u otros; y realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos.- b) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido.- c) Asesorías laborales, de seguridad social, tributarias, contables, administrativas y civiles.- e) Asesoría en general por manifestación, constitución, compraventa de propiedades mineras, constitución y saneamiento de aguas, compraventa de bienes raíces, de yacimientos mineros, estudios y saneamiento de título y asesorías inmobiliarias en general.; d) La contratación de servicios para terceros y la contratación de personal, la prestación, contratación, capacitación y administración de personal humano profesional y técnico; e) La asesoría y consultoría en relación con las labores anteriores; f) La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socio, socio o accionista u accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; g) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos, privilegios, patentes de invención o marcas registradas, y el uso de las licencias que les serán permitidas, directa o indirectamente relacionadas con el rubro señalado; h)Las actividades a desarrollar podrán ser ejecutadas directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, así como todo lo que, en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado de cualquiera manera, con los giros antes expresados; y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades, y toda actividad que permita cumplir con el objeto social; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán conjuntamente a los socios don ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA y SEBASTIÁN ADOLFO PÁEZ DÍAZ, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, indicadas en cláusula Cuarta escritura extractada.- Capital Social: $8.000.000.-, que los socios se obligan a aportar, enterar y pagar de la siguiente manera: a) Don ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA se obliga a aportar la suma de $4.000.000.-, que enterará y pagará en éste acto, dinero que entra a la caja social y b) Don SEBASTIAN ADOLFO PÁEZ DÍAZ se obliga a enterar y pagar la suma de $4.000.000.-, que enterará y pagará en éste acto, dinero que entra a la caja socia. En consecuencia, el interés de la “SOCIEDAD COMERCIAL PÁEZ E HIJO LIMITADA” o “PÁEZ E HIJO COMERCIAL LTDA.” queda distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) don ALAMIRO HUMBERTO PÁEZ VEGA un porcentaje equivalente al 50% del capital social; b) don SEBASTIÁN ADOLFO PÁEZ DÍAZ, un porcentaje equivalente al 50% del total del capital social.- Duración: 5 años a contar firma escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de 5 años cada uno.- Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de La Serena, cuarta Región, sin perjuicio podrá, con todo, abrir sucursales en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. Copiapó, 25 de Mayo de 2017.-

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