Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial Óptica Giovanna Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 mar 2021

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2021-03-06Ver PDF (CVE 1906560)

Información societaria

Ltda
Constitución, Maule
Duración: 5 años renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales de 5 años
Administración: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a la socia Juana Luisa de Lourdes Rodríguez Molinari, quien podrá actuar por sí, o por medio de uno o más mandatarios que se designe en cualquier momento.

Objeto social

La compraventa, arriendo, importación, exportación, representación y distribución de artículos y productos ópticos, lentes, marcos, anteojos, lentes de contacto, cristales, lentes de sol, audífonos, sus partes, repuestos y piezas, y sus artículos complementarios y accesorios, como asimismo, materiales, instrumentos, herramientas y medicamentos de uso en la especialidad oftalmológica, por cuenta propia o de terceros; el diseño, desarrollo, transformación, elaboración, producción, adaptación, mantención, reparación, distribución y comercialización de los artículos y productos ópticos, contactología, de audiometría y oftálmicos, sus piezas y accesorios; la compraventa, arriendo, importación, exportación, distribución, comercialización, a cualquier título, de maquinarias, instrumentos, herramientas y equipos de toda clase, dentro de los rubros ópticos, oftálmico, contactología, optometría y de audiometría, así como también, materias primas, soluciones, cristales, prótesis, instrumentos y artefactos de medición y precisión de topografía, barómetros y termómetros; la prestación por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios profesionales, oftalmológicos, optometría, audiometría, de estudio, enseñanza, diagnósticos, tratamientos y prevención de problemas, desórdenes y enfermedades visuales, su corrección y sanación; la promoción de todas las actividades comerciales, artículos y productos ya singularizados, de sus partes, repuestos y piezas; el estudio y control de sus efectos terapéuticos, y de todo otro tipo de servicios relacionados con los rubros consignados; el desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; la compraventa de todo tipo de productos de regalos, tales como relojes, relojes murales, figuras de ornamento, floreros, jarrones, billeteras y otros artículos de cuero, artesanías en plata y cualquier metal; bolígrafos, sets de artículos de oficina, marcos de fotografías, llaveros, juguetes y cualquier otros que se encuentre dentro de este objeto; y cualquier otra actividad que acordaren los socios, relacionada directa o indirectamente con lo anterior que sea conducentes a la consecución de los fines sociales.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital pagado

$700.000

Capital pendiente

$4.300.000

Socios (2)

NombreParticipación

Juana Luisa de Lourdes Rodríguez Molinari

Socio

70%

BENJAMÍN JOEL ABARCA DÍAZ

Socio

30%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

ALVAARO GONZALO MERA CORREA, abogado y Notario Público Titular, para las comunas de Constitución y Empedrado, con oficio en calle O’Higgins 499-A, de esta ciudad, certifica: por escritura pública otorgada con fecha 3 de marzo del 2021, ante mí, doña JUANA LUISA DE LOURDES RODRÍGUEZ MOLINARI, domiciliada en O’Higgins 595, departamento 104, Constitución y don BENJAMÍN JOEL ABARCA DÍAZ, domiciliado en Egaña 675, Constitución, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD COMERCIAL ÓPTICA GIOVANNA LIMITADA”, la que podrá actuar y funcionar inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “ÓPTICA GIOVANNA LTDA.” OBJETO: a) La compraventa, arriendo, importación, exportación, representación y distribución de artículos y productos ópticos, lentes, marcos, anteojos, lentes de contacto, cristales, lentes de sol, audífonos, sus partes, repuestos y piezas, y sus artículos complementarios y accesorios, como asimismo, materiales, instrumentos, herramientas y medicamentos de uso en la especialidad oftalmológica, por cuenta propia o de terceros; el diseño, desarrollo, transformación, elaboración, producción, adaptación, mantención, reparación, distribución y comercialización de los artículos y productos ópticos, contactología, de audiometría y oftálmicos, sus piezas y accesorios; la compraventa, arriendo, importación, exportación, distribución, comercialización, a cualquier título, de maquinarias, instrumentos, herramientas y equipos de toda clase, dentro de los rubros ópticos, oftálmico, contactología, optometría y de audiometría, así como también, materias primas, soluciones, cristales, prótesis, instrumentos y artefactos de medición y precisión de topografía, barómetros y termómetros; la prestación por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios profesionales, oftalmológicos, optometría, audiometría, de estudio, enseñanza, diagnósticos, tratamientos y prevención de problemas, desórdenes y enfermedades visuales, su corrección y sanación; la promoción de todas las actividades comerciales, artículos y productos ya singularizados, de sus partes, repuestos y piezas; el estudio y control de sus efectos terapéuticos, y de todo otro tipo de servicios relacionados con los rubros consignados; El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores b) la compraventa de todo tipo de productos de regalos, tales como relojes, relojes murales, figuras de ornamento, floreros, jarrones, billeteras y otros artículos de cuero, artesanías en plata y cualquier metal; bolígrafos, sets de artículos de oficina, marcos de fotografías, llaveros, juguetes y cualquier otros que se encuentre dentro de este objeto; y c) Cualquier otra actividad que acordaren los socios, relacionada directa o indirectamente con lo anterior que sea conducentes a la consecución de los fines sociales. DOMICILIO: Constitución, sin perjuicio de agencias o sucursales. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a la socia Juana Luisa de Lourdes Rodríguez Molinari, quien podrá actuar por sí, o por medio de uno o más mandatarios que se designe en cualquier momento. El socio administrador, como también el apoderado y/o mandatarios que se designen, actuando en nombre de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, obligarán y representaran a la sociedad con las más amplias facultades en todo los actos relativos a su objeto o giro ordinario con las facultades contenidas en pacto social. CAPITAL: $5.000.000.- (cinco millones de pesos), aportados de la siguiente manera: a) JUANA LUISA DE LOURDES RODRÍGUEZ MOLINARI, aporta la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, ($3.500.000.-) y de la siguiente forma 1) QUINIENTOS MIL PESOS, ($500.000.-) de contado y enterado en arcas sociales y 2) TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS, ($3.500.000.-) que serán enterados a cuenta de futuras utilidades de la sociedad en la medida que esta lo requiera en un plazo de cinco años; lo que representa un equivalente a un setenta por ciento ( 70%) del capital social; b) Don BENJAMÍN JOEL ABARCA DÍA, aporta la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS, ($1.500.000.-) y de la siguiente forma 1) DOSCIENTOS MIL PESOS, ($200.000.-) de contado y enterado en arcas sociales y 2) UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL PESOS, ($1.300.000.-) que serán enterados a cuenta de futuras utilidades de la sociedad en la medida que esta lo requiera en un plazo de cinco años; lo que representa un equivalente a un treinta por ciento ( 30 %) del capital social. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Se distribuirán entre los socios a prorratas de sus respectivos aportes. LIMITACIÓN RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad a monto de sus respectivos aportes. VIGENCIA: Sociedad rige a contar fecha escritura y durara 5 años renovable tacita y sucesivamente, por periodos iguales de 5 años, salvo que, a lo menos un socio, manifestare su voluntad de ponerle termino al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social y notificada mediante el envío de una carta certificada al otro socio, dirigida al domicilio señalado en la comparecencia, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo periodo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Constitución 04 de marzo del 2021.-

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