Sociedad Comercial, Inmobiliaria Y Transportes Alto Pangue Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
La explotación del giro del comercio, así podrá abastecer, distribuir, importar, exportar, reexportar, comercializar y distribuir por cuenta propia o ajena toda clase de bienes, productos, subproductos, alimentos, materias primas e insumos destinados al comercio de toda clase de productos envasados y preparados del rubro alimenticio; principalmente la fabricación, elaboración y comercialización al por mayor y al por menor de rubro panadería, amasandería, pastelería, la instalación, explotación y administración de almacenes de venta de artículos al por mayor y menor, restaurant, fuentes de soda, locales de comida rápida, minimarkets y supermercados, comercialización, distribución y venta de bebidas alcohólicas y de fantasía; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes indicados; la explotación del giro del transporte terrestre de carga propia o ajena, de todo tipo de materiales, mercaderías o sustancias, se encuentren éstas como líquidos, sólidos o gaseosos, tanto en el país como en el extranjero, ya sea en vehículos propios, de la sociedad, de los socios o de terceros, por intermedio de contratos de comodato, arrendamientos u otros; así también la comercialización de dichos productos sea que éstos fueren producidos por la sociedad, por los socios o por terceros y en tales actividades pueda la sociedad actuar como comisionista, como comprador y/o vendedor, o de cualquier otra forma de intermediación. El desarrollo de estas actividades podrá ser realizado en bienes de la sociedad, de los socios o de terceros a través de contratos de arrendamiento, comodatos u otros. Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá incursionar en otros negocios relacionados con el giro social, tales como importación o exportación de insumos, compra y venta de bienes raíces, arriendo de los mismos, y en general todo otro negocio que los socios de consuno acuerden realizar, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros.
Capital
Capital total
$30.000.000.-
Capital pagado
$8.000.000.-
Capital pendiente
$22.000.000.-
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ Socio 11.xxx.xxx-3 | 11.xxx.xxx-3 | 40% | $12.000.000.- |
FRESIA ELIZABETH MORALES ALBURQUENQUE Socio 19.xxx.xxx-3 | 19.xxx.xxx-3 | 10% | $3.000.000.- |
VANESSA YUDITH MORALES ALBURQUENQUE Socio 20.xxx.xxx-5 | 20.xxx.xxx-5 | 10% | $3.000.000.- |
FELICIANO ÁLVARO MORALES AYALA Socio 11.xxx.xxx-3 | 11.xxx.xxx-3 | 40% | $12.000.000.- |
Administradores (1)
ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ
Texto oficial del extracto
FERNANDO COLOMA AMARO, Notario Público Titular de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en Sargento Aldea, N° 2625, San Javier, certifica que con fecha 23 de marzo de 2018, ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número 11.975.333-3, depiladora, casada y separada de bienes, actuando con su patrimonio reservado, conforme al artículo 150º del Código Civil, según se acreditó, FRESIA ELIZABETH MORALES ALBURQUENQUE, empleada, soltera, cédula nacional de identidad número 19.043.623-3, VANESSA YUDITH MORALES ALBURQUENQUE, empleada, soltera, cédula nacional de identidad número 20.170.874-5, y FELICIANO ÁLVARO MORALES AYALA, transportista, casado, cédula nacional de identidad número 11.341.469-3, todos domiciliados en sector Panguilemo, sin número, comuna de Talca; chilenos, mayores de edad, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada regidas por estipulaciones del contrato, las disposiciones de ley 3.918 y normas legales supletorias del Código Civil, cuya razón social será " SOCIEDAD COMERCIAL, INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ALTO PANGUE LIMITADA ", pudiendo actuar con el nombre de "ALTO PANGUE LTDA."- El domicilio de la sociedad será la comuna de Talca, sector Panguilemo sin número, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrirse tanto en el país como en el extranjero.- El objeto de la sociedad será la explotación del giro del comercio, así podrá abastecer, distribuir, importar, exportar, reexportar, comercializar y distribuir por cuenta propia o ajena toda clase de bienes, productos, subproductos, alimentos, materias primas e insumos destinados al comercio de toda clase de productos envasados y preparados del rubro alimenticio; principalmente la fabricación, elaboración y comercialización al por mayor y al por menor de rubro panadería, amasandería, pastelería, la instalación, explotación y administración de almacenes de venta de artículos al por mayor y menor, restaurant, fuentes de soda, locales de comida rápida, minimarkets y supermercados, comercialización, distribución y venta de bebidas alcohólicas y de fantasía; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes indicados; la explotación del giro del transporte terrestre de carga propia o ajena, de todo tipo de materiales, mercaderías o sustancias, se encuentren éstas como líquidos, sólidos o gaseosos, tanto en el país como en el extranjero, ya sea en vehículos propios, de la sociedad, de los socios o de terceros, por intermedio de contratos de comodato, arrendamientos u otros; así también la comercialización de dichos productos sea que éstos fueren producidos por la sociedad, por los socios o por terceros y en tales actividades pueda la sociedad actuar como comisionista, como comprador y/o vendedor, o de cualquier otra forma de intermediación.- El desarrollo de estas actividades podrá ser realizado en bienes de la sociedad, de los socios o de terceros a través de contratos de arrendamiento, comodatos u otros.- Sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá incursionar en otros negocios relacionados con el giro social, tales como importación o exportación de insumos, compra y venta de bienes raíces, arriendo de los mismos, y en general todo otro negocio que los socios de consuno acuerden realizar, sin que sea necesario acreditar este hecho ante terceros.- El capital de la sociedad es la suma de treinta millones de pesos, ($30.000.000.-), los cuales se aportan por los socios en la siguiente proporción, y de la siguiente forma: La socia ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ, aporta la suma de doce millones de pesos, ($12.000.000.-), de la siguiente manera: a) con la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000.-), que son aportados en este acto, de contado, en dinero en efectivo y de curso legal, ingresando a la caja social; b) con el aporte en dominio en la suma de ocho millones de pesos ($8.000.000.-), mediante la transferencia a la sociedad del dominio sobre una propiedad denominada Sitio número Uno resultante de la Subdivisión de la Hijuela número uno, del predio Alto Pangue, de la Comuna de San Rafael, Provincia de Talca, según plano archivado bajo el número 1245, al final de Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año dos mil siete. Tiene una superficie de setecientos cuarenta y tres, cero cuatro metros cuadrados, y los siguientes deslindes particulares: Norte: resto de la Hijuela número Uno de propiedad de la vendedora, en veinticinco metros; Este: resto de la Hijuela número Uno, de propiedad de la vendedora, en treinta metros; Sur: Camino público de Alto Pangue a Maitenhuapi, en veinticinco metros; y Oeste: resto de la hijuela número uno. Dicho inmueble se encuentra inscrito a su nombre a fojas diez mil seiscientos ochenta y cinco, bajo el número cuatro mil doscientos sesenta y siete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año dos mil siete. Inmueble enrolado para los efectos del pago del impuesto territorial, bajo el rol 8031-39 de la comuna de San Rafael. Dicho bien raíz se aporta en dominio a la sociedad, en el valor de ocho millones de pesos ($8.000.000.-), quedando de esta forma pagado íntegramente el aporte de la mencionada socia; la socia FRESIA ELIZABETH MORALES ALBURQUENQUE, aportará la suma de tres millones de pesos, ($3.000.000.-), en el plazo máximo de cinco años a contar de esta fecha; la socia VANESSA YUDITH MORALES ALBURQUENQUE, aportará la suma de tres millones de pesos, ($3.000.000.-), en el plazo máximo de cinco años a contar de esta fecha; El socio FELICIANO ÁLVARO MORALES AYALA, aporta la suma de doce millones de pesos, ($12.000.000.-), de la siguiente manera: a) con la suma de cuatro millones de pesos ($4.000.000.-), que son aportados en este acto, de contado, en dinero en efectivo y de curso legal, ingresando a la caja social; b) con el aporte en dominio en la suma de ocho millones de pesos ($8.000.000.-), mediante la transferencia a la sociedad del dominio sobre una propiedad denominada “Lote Cuatro” del plano de subdivisión de un retazo de terreno ubicado en Panguilemo, de la comuna de Talca, que se encuentra archivado bajo el número 896 al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año mil novecientos noventa y dos; el citado lote cuatro tiene una superficie de 1.052,2 metros cuadrados y deslinda: Norte: Lote número Tres; Sur: Lote número Cinco; Oriente: Línea férrea; y Poniente: Camino público y camino vecinal de por medio.- Dicho inmueble se encuentra inscrito a su nombre a fojas seis mil cuatrocientos ochenta y cinco, bajo el número cuatro mil ochocientos cincuenta y siete, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca, del año mil novecientos noventa y dos. Inmueble enrolado para los efectos del pago del impuesto territorial, bajo el rol 3984-45 de la comuna de Talca. Dicho bien raíz se aporta en dominio a la sociedad, en el valor de ocho millones de pesos ($8.000.000.-), quedando de esta forma pagado íntegramente el aporte del mencionado socio.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes; las utilidades y pérdidas serán repartidas o soportadas en un porcentaje de un cuarenta por ciento (40%) por doña ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ, en un diez por ciento (10%) por doña FRESIA ELIZABETH MORALES ALBURQUENQUE, en un diez por ciento (10%) por doña VANESSA YUDITH MORALES ALBURQUENQUE, y en un cuarenta por ciento (40%) por don FELICIANO ÁLVARO MORALES AYALA.- La duración de sociedad será de 10 años renovables. Administración de sociedad, uso de razón social y representación, corresponderá a la socia ELIZABETH DE LAS MERCEDES ALBURQUENQUE RAMÍREZ con amplias facultades. Demás antecedentes en escritura extractada.- San Javier, 23 de marzo de 2018.-
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL, INMOBILIARIA Y TRANSPORTES ALTO PANGUE LIMITADA
CVE 1374116
