Sociedad por Acciones

Sociedad Comercial Ferreteria La Estrella SpA

CONSTITUCIÓN — 19 ene 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-01-19Ver PDF (CVE 1338160)

Información societaria

SpA
Curicó, Maule
Duración: indefinida
Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá a don PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO, quien actuando y anteponiendo su firma, podrá representar y obligar judicial o extrajudicialmente a la sociedad para el cumplimiento de su objeto social con todas las facultades de administración.

Objeto social

La comercialización, compra y venta, importación, exportación, intermediación, distribución y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, en especial productos, materiales y artículos para la construcción, ferretería e instalaciones sanitarias y de riego; La construcción, reparación y mantención de todo tipo de obras civiles, sanitarias y de riego sea por cuenta propia o ajena,; y cualquiera otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro objeto que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital pagado

$6.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO

Accionista

14.xxx.xxx-9

100%

Administradores (1)

PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO

14.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial del extracto

MARCELO POBLETE MORALES, Notario Público Suplente de la segunda Notaria de Curicó, René León Manieu, con oficio calle Carmen 489, certifica: por escritura hoy ante mí, Repertorio Nº 170, Don PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO, , chileno, Comerciante, casado y separado de bienes, cedula nacional de identidad número catorce millones quinientos cuatro mil doscientos noventa guión nueve, domiciliado en calle O’Higgins Nº 759, Curicó, mayor de edad quien acredita su identidad mediante la cédula mencionada y exponen; constituye una “sociedad por acciones” (SpA), la que se regirá conforme a Ley 20.190 y disposiciones del artículo 424 del Código de Comercio y sus modificaciones.- EL CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $6.000.000 (Seis millones de pesos)) que corresponde al 100% de acciones, correspondiendo a 100 (cien)-acciones, nominativas de un valor de $60.000 (sesenta mil pesos). Las acciones pueden ser ordinarias, y representaran un voto por acción. Las que se materializan con aporte por parte del socio don PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO Aportando el 100% (cien porciento) del capital social, correspondiéndole el 100% porciento de las acciones de esta sociedad,NOMBRE O RAZÓN SOCIAL de la sociedad es “SOCIEDAD COMERCIAL FERRETERIA LA ESTRELLA SpA” pudiendo actuar y obligarse ante terceros, Bancos e Instituciones Financieras con el nombre de “FERRETERIA LA ESTRELLA SpA”.- EL OBJETO:La comercialización, compra y venta, importación, exportación, intermediación, distribución y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena, al por mayor o al detalle, en especial productos, materiales y artículos para la construcción, ferretería e instalaciones sanitarias y de riego; La construcción, reparación y mantención de todo tipo de obras civiles, sanitarias y de riego sea por cuenta propia o ajena,; y cualquiera otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro objeto que acordaren los socios.-EL DOMICILIO de la sociedad será la ciudad de Curico, sin perjuicio de las sucursales, oficinas o agencias que pudieran abrirse en cualquiera otra ciudad del país o en el extranjero.- LA DURACIÓN de la sociedad será indefinida, contado desde la fecha de la presente escritura. LA ADMINISTRACIÓNLa forma como se ejercerá la administración de la sociedad y representación de la sociedad corresponderá a don PEDRO RODRIGO GONZALEZ BRAVO, quien actuando y anteponiendo su firma , podrá representar y obligar judicial o extrajudicialmente a la sociedad para el cumplimiento de su objeto social con todas las facultades de administración y disposiciones en toda gestiones que estime conveniente ejecutar para el mejor cumplimiento del objeto de la sociedad. Pudiendo otorgar mandatos aun tercero, para ejercer la administración que en este acto se acepta por el socio expresamente.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 12 de Enero de 2018.

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Relaciones societarias

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