Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Comercial De Gestion, Habitabilidad Y Desarrollo Rural P Y J Limitada

CONSTITUCIÓN — 11 nov 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-11-11Ver PDF (CVE 1133956)

Información societaria

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Duración: siete años, contado desde la fecha de la presente escritura, prorrogable por periodos iguales y sucesivos de siete años cada uno si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social.

Objeto social

La prestación de servicios y asesorías profesionales y técnicas; el diseño y ejecución de proyectos de cualquier índole o denominación; las actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria Social; servicios de capacitación para personas naturales y jurídicas; la compra, venta, importación, exportación comercialización, distribución, arriendo, explotación y fabricación de toda clase de productos, materiales y mercaderías, pudiendo para ello efectuar toda clase de negociaciones e inversiones; la prestación de servicios de publicidad y marketing, así como toda clase de servicios relacionados o no con los rubros mencionados precedentemente, prestados por cuenta propia o ajena o asociada a terceros conforme a las normase estatutarias, sin perjuicio de cualquier otro giro u objeto o actividad que los socios acordaren

Capital

Capital total

$6.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

MARIO ALIRO PIZARRO AHUMADA

Socio

11.xxx.xxx-6

50%

JOSE ALFREDO JUICA LOPEZ

Socio

13.xxx.xxx-2

50%

Texto oficial del extracto

RODRIGO CABRERA ALBARRAN, Abogado, Notario Público Titular Segunda Notaría de Ovalle, domiciliado en calle Miguel Aguirre Nº 328, Certifico: Por escritura pública de fecha 25 Octubre de 2016, otorgada ante mí: Don MARIO ALIRO PIZARRO AHUMADA, chileno, soltero, empresario, CI: 11.383.324-6, domiciliado en Parcela N° 20, Cerrillos Pobres, comuna de Ovalle; y don JOSE ALFREDO JUICA LOPEZ, chileno, casado, empresario, CI: 13.536.350-2, domiciliado en Alcones Alto, Comunidad Agrícola Alcones, comuna de Ovalle; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: La razón social de la sociedad es “SOCIEDAD COMERCIAL DE GESTION, HABITABILIDAD Y DESARROLLO RURAL P Y J LIMITADA”, pudiendo actuar ante las distintas instituciones tales como bancos, instituciones financieras, el Servicio de Impuestos Internos entre otras como “SOCIEDAD DE GESTION RURAL P Y J LTDA.”.- Objeto: El objeto de la sociedad será: La prestación de servicios y asesorías profesionales y técnicas; el diseño y ejecución de proyectos de cualquier índole o denominación; las actividades relacionadas con la gestión inmobiliaria Social; servicios de capacitación para personas naturales y jurídicas; la compra, venta, importación, exportación comercialización, distribución, arriendo, explotación y fabricación de toda clase de productos, materiales y mercaderías, pudiendo para ello efectuar toda clase de negociaciones e inversiones; la prestación de servicios de publicidad y marketing, así como toda clase de servicios relacionados o no con los rubros mencionados precedentemente, prestados por cuenta propia o ajena o asociada a terceros conforme a las normase estatutarias, sin perjuicio de cualquier otro giro u objeto o actividad que los socios acordaren.- Administración y uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotara al margen de la inscripción social. facultades Cláusula Quinto.- Capital: El capital de la sociedad será de la suma de seis millones de pesos. Don Mario Aliro Pizarro Ahumada aporta la cantidad de tres millón de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, en dinero en efectivo. Por su parte Don José Alfredo Juica López aporta la cantidad de tres millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, en dinero en efectivo. Los socios se obligan a enterar y pagar el capital a la caja social dentro de los siguientes términos y plazos. En un plazo de treinta días cada socio aportará al capital social de la empresa la cantidad de un millón de pesos cada uno desde la fecha de la presente escritura; un millón de pesos cada uno al treinta de Octubre del año dos mil diecisiete y la cantidad de un millón de pesos cada uno al treinta de Octubre del dos mil dieciocho.- Vigencia: La sociedad tendrá una duración de siete años, contando desde la fecha la presente escritura, plazo que se entregara prorrogado por periodos iguales y sucesivos de siete años cada uno si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle termino, por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción de sociedad, con una anticipación de un año al vencimiento del plazo o al de una cualesquiera de sus prorrogas.- Domicilio: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Ovalle, sin perjuicio de las agencias, sucursales, establecimientos u oficinas que pudiere establecer en el resto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Ovalle, 25 de Octubre de 2016.-RODRIGO CABRERA ALBARRANNOTARIO PUBLICO

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