Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Automotriz Leal Y Palacios Limitada

CONSTITUCIÓN — 31 may 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-05-31Ver PDF (CVE 1221779)

Información societaria

Ltda
San Pedro de la Paz, Biobío
Duración: 5 años
Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios por igual, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Los socios administradores, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) Compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación de vehículos motorizados, nuevos o usados. B) Arriendo de vehículos motorizados, tales como: Vehículos de carga, transporte de pasajeros, automóviles, camionetas, station wagon, motocicletas, cuadrimotos, vehículos náuticos, etc. C) Limpieza y mantención integral de vehículos motorizados. D) Compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de repuestos y accesorios de vehículos motorizados, nuevos o usados. E) Prestación de servicios de instalación de repuestos y accesorios de vehículos motorizados. F) Taller mecánico, desabolladura, pintura y lubricentro. G) Transporte de Vehículos de carga por carretera, de pasajero y turismo. H) Compra, venta y arriendo de bienes raíces urbanos y rústicos, I) y cualquier otra actividad que se relacione con el giro de la sociedad, que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

CRISTIAN ALEXI LEAL GUTIERREZ

Socio

15.xxx.xxx-k

50%

MIGUEL ANGEL PALACIOS DELGADO

Socio

16.xxx.xxx-1

50%

Administradores (2)

CRISTIAN ALEXI LEAL GUTIERREZ

15.xxx.xxx-kAdministrador

MIGUEL ANGEL PALACIOS DELGADO

16.xxx.xxx-1Administrador

Texto oficial del extracto

MARLENE LORENA CONTRERAS SOTO, Oficial Primero, notario público suplente del titular de la Segunda Notaría de Coronel don René Marcelo Arriagada Basaur, con oficio en calle Cochrane n° 130, 2° piso, Coronel, certifico que, por escritura pública ante mí de 24 de mayo de 2017, repertorio nº 728-2017, don CRISTIAN ALEXI LEAL GUTIERREZ, soltero, comerciante, domiciliado en la comuna de Coronel, calle Democracia n° 799, cédula de identidad n°15.244.477-K, y don MIGUEL ANGEL PALACIOS DELGADO, soltero, egresado de ingeniería, domiciliado en la comuna de Concepción, Valle las Monjas n°670, casa 23, sector Lomas de San Andrés, cédula de identidad n°16.284.636-1 constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. GIRO U OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: A) Compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación de vehículos motorizados, nuevos o usados. B) Arriendo de vehículos motorizados, tales como: Vehículos de carga, transporte de pasajeros, automóviles, camionetas, station wagon, motocicletas, cuadrimotos, vehículos náuticos, etc. C) Limpieza y mantención integral de vehículos motorizados. D) Compra, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de repuestos y accesorios de vehículos motorizados, nuevos o usados. E) Prestación de servicios de instalación de repuestos y accesorios de vehículos motorizados. F) Taller mecánico, desabolladura, pintura y lubricentro. G) Transporte de Vehículos de carga por carretera, de pasajero y turismo. H) Compra, venta y arriendo de bienes raíces urbanos y rústicos, I) y cualquier otra actividad que se relacione con el giro de la sociedad, que acuerden los socios.- RAZON SOCIAL: La denominación o razón social será SOCIEDAD AUTOMOTRIZ LEAL Y PALACIOS LIMITADA, pudiendo abreviarse la última palabra como “LTDA.”.- La sociedad podrá funcionar y actuar ante toda clase de personas naturales y jurídicas, inclusive con los bancos e instituciones financieras de toda índole, con el nombre de fantasía “AUTOMOTORA CONCECARS LTDA”.- DOMICILIO SOCIAL: EL domicilio de la sociedad es calle Pedro Aguirre Cerda n°805, comuna de San Pedro de la Paz, Octava región del Biobío, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.- DURACION DE LA SOCIEDAD: La duración de la sociedad será de “5 años”, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el registro de comercio al margen de la inscripción de la sociedad, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del periodo original o al de la prorroga que estuviese vigente.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de 10.000.000, que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) El socio don CRISTIAN ALEXI LEAL GUTIERREZ, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de 5.000.000, al contado y en dinero efectivo, valor que ingresa a la caja social y B) El socio don MIGUEL ANGEL PALACIOS DELGADO, se obliga a enterar el equivalente al 50% del capital social, mediante el aporte de 5.000.000, al contado y en dinero efectivo, valor que ingresa a la caja social.- ADMINISTRACION: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a ambos socios por igual, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Los socios administradores, actuando en forma individual y separada, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designe al efecto de conformidad con la presente clausula, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, indicadas en escritura extractada.- Las utilidades y pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes, con la expresa limitación de responsabilidad estipulada en el artículo séptimo.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Coronel, 29 de mayo de 2017.-

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Relaciones societarias

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