Sociedad Audiotek y Compañía Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
la prestación de servicios de reparación de equipos médicos y tecnológicos de toda clase y denominación, la venta de toda clase de repuestos de equipos médicos y tecnológicos, así como la importación de toda clase de equipos médicos y tecnológicos relacionados con el área de la salud, sea por cuenta propia o ajena, y cualquiera otra actividad conexa que los socios acuerden, directa o indirectamente relacionada con las anteriores
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital pagado
$20.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (4)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
JORGE CRISTIAN PEREIRA ESPÍNDOLA Socio | - | 25% | $5.000.000 |
JUAN ANGEL RODRIGO HERNANDO VALDIVIA MONTECINOS Socio | - | 25% | $5.000.000 |
JOSÉ PATRICIO PEREIRA ESPÍNDOLA Socio | - | 28% | $5.600.000 |
ROSSANA ANGÉLICA SANZANA CONTRERAS Socio | - | 22% | $4.400.000 |
Administradores (2)
JORGE CRISTIAN PEREIRA ESPÍNDOLA
ROSSANA ANGÉLICA SANZANA CONTRERAS
Texto oficial del extracto
Humberto Quezada Moreno, Notario Público de la 26° Notaría Santiago, Huérfanos 835, 2° piso, Certifico: Por escritura Pública de 22 de Agosto del 2018 ante mí, JORGE CRISTIAN PEREIRA ESPÍNDOLA, domiciliado en Germán Garcés 2929, comuna de Maipú, don JUAN ANGEL RODRIGO HERNANDO VALDIVIA MONTECINOS, domiciliado en Pasaje Constantino N°992, villa El Abrazo, comuna de Maipú; don JOSÉ PATRICIO PEREIRA ESPÍNDOLA, domiciliado en avenida Senador Jaime Guzmán N°1980, condominio El Naranjal, parcela N°8, comuna de Talagante; doña ROSSANA ANGÉLICA SANZANA CONTRERAS, domiciliada en Miraflores N°549, oficina 14, comuna de Santiago, constituyen Sociedad de Responsabilidad limitada “SOCIEDAD AUDIOTEK Y COMPAÑIA LIMITADA”, 1.- Capital: $20.000.000 divididos siguiente forma: Socio JORGE CRISTIAN PEREIRA ESPÍNDOLA, veinticinco por ciento; socio JUAN ANGEL RODRIGO HERNANDO VALDIVIA MONTECINOS, veinticinco por ciento; socio JOSÉ PATRICIO PEREIRA ESPINDOLA, veintiocho por ciento; y socia doña ROSSANA ANGÉLICA SANZANA CONTRERAS en un veintidós por ciento. 2.- Administración y uso de razón social corresponderá, conjunta, separada e indistintamente en JORGE CRISTIAN PEREIRA ESPÍNDOLA y en ROSSANA ANGÉLICA SANZANA CONTRERAS, con las facultades señaladas en el pacto constitutivo. 3.- Razón social será: “Sociedad Audiotek y Compañia Limitada” 4.- Giro social: el objeto de la sociedad será la prestación de servicios de reparación de equipos médicos y tecnológicos de toda clase y denominación, la venta de toda clase de repuestos de equipos médicos y tecnológicos, así como la importación de toda clase de equipos médicos y tecnológicos relacionados con el área de la salud, sea por cuenta propia o ajena, y cualquiera otra actividad conexa que los socios acuerden, directa o indirectamente relacionada con las anteriores. 5.- Vigencia: Sociedad tendrá una duración de diez años y renovables de acuerdo al pacto social. Santiago, 27 de Agosto de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
Sociedad Audiotek y Compañía Limitada
CVE 1459506
