Sociedad Agropecuaria El Solar Limitada
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
a) la realización de siembras y cultivos, engorda de animales, compraventa de ganado, la explotación de lecherías, de bosques, la comercialización de madera y en general la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios propios o de terceros; b) el transporte nacional e internacional por cuenta propia de terceros de mercaderías, maderas, productos, animales, materias primas y de toda clase de cargas, las que podrán efectuarse con medios propios o ajenos; c) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y la obtención y percepción de sus frutos o rentas y en general, la realización de cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior y que los socios acuerden
Capital
Capital total
$20.000.000
Capital libéré
$2.000.000
Capital restant dû
$18.000.000
Associés (2)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
VÍCTOR HUGO MAUREIRA BUSTAMANTE Socio 8.xxx.xxx-5 | 8.xxx.xxx-5 | 50% | $10.000.000 |
PRISCILA DEL CARMEN PAREDES VARGAS Socio 15.xxx.xxx-0 | 15.xxx.xxx-0 | 50% | $10.000.000 |
Administrateurs (2)
VÍCTOR HUGO MAUREIRA BUSTAMANTE
PRISCILA DEL CARMEN PAREDES VARGAS
Texte officiel de l’extrait
VIVIANA NICOLE SEGURA DONOSO, Notario Suplente de don Ricardo Fontecilla Gallardo, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Puerto Varas con Oficio en Llanquihue, Vicente Pérez Rosales Nº213, certifico que ante mí, por escritura de fecha 18 de noviembre de 2021, VÌCTOR HUGO MAUREIRA BUSTAMANTE, C.I. N°8.213.571-5 y PRISCILA DEL CARMEN PAREDES VARGAS, C.I. N° 15.283.206-0, ambos domiciliados en Línea Solar, Kilómetro uno, Loncotoro, de la comuna de Llanquihue, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada: Razón Social: “SOCIEDAD AGROPECUARIA EL SOLAR LIMITADA” pudiendo utilizar el nombre de fantasía “AGROPECUARIA SOLAR LTDA.”. Objeto: a) la realización de siembras y cultivos, engorda de animales, compraventa de ganado, la explotación de lecherías, de bosques, la comercialización de madera y en general la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios propios o de terceros; b) el transporte nacional e internacional por cuenta propia de terceros de mercaderías, maderas, productos, animales, materias primas y de toda clase de cargas, las que podrán efectuarse con medios propios o ajenos; c) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena y la obtención y percepción de sus frutos o rentas y en general, la realización de cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior y que los socios acuerden.-Administración y uso razón social: Corresponderá a ambos socios cualquiera indistintamente, quienes anteponiendo su firma a la razón social obligarán y representarán a la sociedad con las más amplias facultades, Excepto las actuaciones que se señalan en el estatuto que requieren la concurrencia de la unanimidad de los socios. Capital: $20.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: 1) Vìctor Hugo Maureira Bustamante, aporta la suma de $10.000.000, que enterará dentro del término de seis meses a contar de la fecha de suscripción de la escritura mediante el aporte en dominio de: a) 35 vaquillas clavel, angus rojo y negro, que avalúan en la suma de $100.000, cada una, que los socios valoran de común acuerdo en total en la suma $3.500.000 y b) una camioneta Marca Hyundai, Placa Patente LCXF 47-2, modelo HD 35 2.5, color blanco, Nr. de motor D4CBL139938, Nr. de chasis KMFVA17RPMC352067, que los socios valoran de común acuerdo en la suma $6.500.000; y, 2) Priscila Del Carmen Paredes Vargas, aporta la suma de $10.000.000 que entera y enterará de la siguiente manera: a) $2.000.000 que entera en dinero efectivo a la caja social y b) el saldo de $8.000.000, que enterará a la caja social con cargo a utilidades futuras en el término de 4 años a contar fecha escritura. Duración: 5 años a contar fecha de escritura y se prorrogará automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término por escritura pública subinscrita al margen de la inscripción social con seis meses de anticipación a lo menos al vencimiento original o al de alguna de las prórrogas. Responsabilidad socios: limitada al monto de sus aportes. Domicilio: Llanquihue, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país. - Demás estipulaciones en escritura extractada. Llanquihue, 20 de diciembre de 2021.-
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD AGROPECUARIA EL SOLAR LIMITADA
CVE 2060385
