Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola Y Forestal El Maiten Limitada

CONSTITUCIÓN — 3 nov 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-11-03Ver PDF (CVE 1488805)

Información societaria

Ltda
Villarrica, Araucanía
Duración: 20 años contados desde fecha de presente escritura, automáticamente y tácitamente prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, indefinidamente salvo aviso previo
Administración: Corresponderá a los socios Ana Melania Henríquez Becchi y Sandra Lizbet Sabugo Henríquez, quienes actuando en conjunto y/o separadamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades.

Objeto social

Será la explotación agrícola, ganadera, forestal e industrial de todo tipo de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos, producción y elaboración de maderas y de sus derivados en cualquiera de sus formas; la adquisición, arrendamiento, tenencia y explotación de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; prestación de servicios y asesorías relacionadas con actividad agroforestales; arriendo de maquinarías y equipos, transporte y construcción de caminos; producción, elaboración, transformación, mantención, reparación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, administración, representación, intermediación, agencias, consignación, promoción, certificación, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de maquinarias, partes, piezas, accesorios, combustibles, lubricantes, mercaderías, insumos, leña, productos y subproductos del área forestal, agrícola y ganadera, la realización de toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con el giro social, que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$17.000.000

Capital pagado

$16.000.000

Capital pendiente

$1.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

Ana Melania Henríquez Becchi

Socio

6.xxx.xxx-k

-

Sandra Lizbet Sabugo Henríquez

Socio

13.xxx.xxx-6

-

Administradores (2)

Ana Melania Henríquez Becchi

6.xxx.xxx-kAdministrador

Sandra Lizbet Sabugo Henríquez

13.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, ANA MELANIA HENRÍQUEZ BECCHI, chilena, contadora, casada, C.N.I Nº6.605.456-K, y SANDRA LIZBET SABUGO HENRÍQUEZ, chilena, contadora, casada, C.N.I Nº13.813.348-6, ambas domiciliadas en calle Arturo Prat Nº570, Gorbea, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, regida en todas sus partes por Ley Nº3.918 y disposiciones contenidas en Códigos Civil y Comercio. Domicilio: Villarrica, sin perjuicio de sucursales o agencias que se establezcan en resto del país o del extranjero.- Objeto: Será la explotación agrícola, ganadera, forestal e industrial de todo tipo de predios agrícolas o forestales, propios o ajenos, producción y elaboración de maderas y de sus derivados en cualquiera de sus formas; la adquisición, arrendamiento, tenencia y explotación de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; prestación de servicios y asesorías relacionadas con actividad agroforestales; arriendo de maquinarías y equipos, transporte y construcción de caminos; producción, elaboración, transformación, mantención, reparación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, administración, representación, intermediación, agencias, consignación, promoción, certificación, importación y exportación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de maquinarias, partes, piezas, accesorios, combustibles, lubricantes, mercaderías, insumos, leña, productos y subproductos del área forestal, agrícola y ganadera, la realización de toda clase de actos o contratos relacionados directa o indirectamente con el giro social, que los socios acuerden. Razón Social: SOCIEDAD AGRÍCOLA Y FORESTAL EL MAITEN LIMITADA. Nombre de fantasía: AGRÍCOLA EL MAITEN LTDA. Administración y uso de Razón Social: Corresponderá a los socios Ana Melania Henríquez Becchi y Sandra Lizbet Sabugo Henríquez, quienes actuando en conjunto y/o separadamente, representarán a la sociedad con las más amplias facultades. Capital: $17.000.000.- que se aportan en siguiente forma: Ana Melania Henríquez Becchi aporta inmuebles: a) Predio de terreno de cinco hectáreas noventa y tres áreas, ubicado en Quitratúe, comuna de Gorbea, que deslinda en especial: NORTE, con terrenos de Benecio Ormazábal; SUR, con terrenos de Bautista Becchi; ORIENTE, con Simona Ríos viuda de Chesta; y PONIENTE, con terrenos de Artemio Aravena. Dominio consta de inscripción de fojas 674 Nº739 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, del año 2018. Rol de avalúo asignado Nº441-24 Gorbea. Avalúo: $5.000.000.- b) Lote Cuatro – A, de una superficie de 10,67 hectáreas. Los deslindes especiales son los siguientes: NORTE, en 296 metros, en línea recta, separado por cerco, antes con Mercedes Moraga, hoy Sucesión Bautista Vecchi Iubini; ESTE, en línea recta en 177 metros, separado por cerco, antes con Sucesión Juan Michaelis, hoy Sucesión Bautista Vecchi Iubini, en 100 metros, en línea recta, separado por cerco, que lo separa antes de Sucesión Juan Michaelis, hoy Germán Parra Arratia, y en 100 metros, en línea curva separado por cerco, con ex Carretera Cinco Sur, que lo separa de Germán Parra Arratia; SUR, en 270 metros, en línea recta, separado por cerco, con Lote Cuatro – B de la presente subdivisión; y OESTE, en 377 metros, en línea recta que lo separa, antes con Sucesión Pablo Acuña, hoy Orlando Sandoval. Dominio consta de inscripción de fojas 674 vuelta Nº740 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén, del año 2018. Rol de Avalúo Nº441-53 Gorbea. Avalúo: $10.000.000.- Sandra Lizbet Sabugo Henríquez, aporta $2.000.000.- que se entera a) $1.000.000.- en este acto en dinero efectivo ingresado en caja social; y b) $1.000.000.- que se enterará a caja social mediante entregas trimestrales de $200.000.- Responsabilidad: Queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Duración: 20 años contados desde fecha de presente escritura, pero se entenderá automáticamente y tácitamente prorrogada por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, y así indefinidamente, a menos que uno de los socios avise al otro intención de ponerle término, aviso que deberá darse con 6 meses de anticipación, a lo menos, a fecha de terminación o de prórroga que corresponda, mediante escritura pública que deberá ser notificada, de la cual se tomará razón al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, y con misma anticipación mínima. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 24 de Octubre de 2018.-

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