Sociedad Agrícola Mario Pérez Navarro E Hijos Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El ejercicio de toda actividad relacionada con la agricultura en general; por consiguiente, y en especial, recolectar, producir, transformar, envasar, vender, comprar, importar, exportar, distribuir y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de productos agrícolas. b) El ejercicio de toda actividad relacionada con la ganadería en general, esto es, la comercialización crianza, engorda, compra, venta, mediería y todo tipo de actividades relacionadas con la producción y comercialización de animales y sus partes o productos, además de producción de leche y establecimiento de lecherías. c) El ejercicio de toda actividad relacionada con la implementación y explotación de actividades relacionadas con el agroturismo rural. d) Toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, o las que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$50.000.000
Capital pagado
$12.000.000
Capital pendiente
$38.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 80% | $40.000.000 |
Socio | - | 10% | $5.000.000 |
Socio | - | 10% | $5.000.000 |
Administradores (1)
Texto oficial del extracto
JULIO ABUYERES JADUE, Abogado, Notario Público Titular de Quillota, Pudeto Nº398, certifica: Por escritura de fecha 29 de Octubre de 2018, ante mí, MARIO FRANCISCO PEREZ NAVARRO, MARIO FRANCISCO PEREZ CAMPOS e IGNACIO EDUARDO PÉREZ CAMPOS, todos los constituyentes con domicilio en Camino San Isidro, Parcela 47, Lote 1D, comuna y ciudad de Quillota, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Domicilio: Quillota, Razón social: "SOCIEDAD AGRÍCOLA MARIO PÉREZ NAVARRO E HIJOS LIMITADA", pudiendo usar como nombre de fantasía o sigla "AGRÍCOLA SANTA ROSA LTDA.", que la obligará misma manera que razón social. Objeto: a) El ejercicio de toda actividad relacionada con la agricultura en general; por consiguiente, y en especial, recolectar, producir, transformar, envasar, vender, comprar, importar, exportar, distribuir y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de productos agrícolas. b) El ejercicio de toda actividad relacionada con la ganadería en general, esto es, la comercialización crianza, engorda, compra, venta, mediería y todo tipo de actividades relacionadas con la producción y comercialización de animales y sus partes o productos, además de producción de leche y establecimiento de lecherías. c) El ejercicio de toda actividad relacionada con la implementación y explotación de actividades relacionadas con el agroturismo rural. d) Toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores, o las que los socios acuerden. Administración, Representación, Uso Razón Social y Nombre Fantasía: Corresponderá exclusivamente a don MARIO FRANCISCO PÉREZ NAVARRO, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará y podrá actuar por la sociedad, con las más amplias facultades. Capital: $50.000.000, aportado de la siguiente forma: a) Don MARIO FRANCISCO PÉREZ NAVARRO, aporta la suma de CUARENTA MILLONES DE PESOS equivalentes al 80% de participación dentro de la sociedad, enterando en este acto la suma de diez millones de pesos al contado y el saldo lo completará en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, b) Don MARIO FRANCISCO PÉREZ CAMPOS, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS equivalentes al 10% de participación dentro de la sociedad, enterando en este acto la suma de un millón de pesos al contado y el saldo lo completará en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, c) Don IGNACIO EDUARDO PÉREZ CAMPOS, aporta la suma de CINCO MILLONES DE PESOS equivalentes al 10% de participación dentro de la sociedad, enterando en este acto la suma de un millón de pesos al contado y el saldo lo completará en el plazo de cinco años a contar de la fecha de la presente escritura. Limitación de Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad legal hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, renovables tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales, salvo si cualquiera de los socios manifiesta voluntad de ponerle término por escritura pública inscrita al margen de la inscripción de este extracto en Registro Comercio.- Demás estipulaciones en Escritura de Constitución. En Quillota, 21 de Diciembre de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD AGRÍCOLA MARIO PÉREZ NAVARRO E HIJOS LIMITADA
CVE 1518889
