Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agrícola Don Juan Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 ago 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-08-05Ver PDF (CVE 1252520)

Información societaria

Ltda
Ovalle, Coquimbo
Duración: diez años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso
Administración: corresponderá a cualquiera de los socios don HERNÁN TAPIA LAGUNAS y don CLAUDIO HERNÁN TAPIA BRAVO quienes, podrán actuar indistintamente en forna conjunta o separada y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades

Objeto social

la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho, y cualquier otro acto afín que los socios acuerden

Capital

Capital total

$5.000.000.-

Capital pagado

$5.000.000.-

Capital pendiente

$0

Socios (4)

NombreParticipación

GABRIELA BRAVO TOUTIN

Socio

25%

CLAUDIO HERNÁN TAPIA BRAVO

Socio

25%

HERNÁN TAPIA LAGUNAS

Socio

25%

MARÍA GABRIELA TAPIA BRAVO

Socio

25%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

RUBÉN REINOSO HERRERA, Notario Público La Serena, con oficio en Cordovez 405, certifico: Por escritura de fecha dos de agosto del año 2017, ante mí, doña GABRIELA BRAVO TOUTIN, domiciliada en pasaje República número novecientos ochenta y cuatro, La Serena, don CLAUDIO HERNÁN TAPIA BRAVO, domiciliado en pasaje Vicente Pérez Rosales número dos mil cuatrocientos veintinueve, La Serena, don HERNÁN TAPIA LAGUNAS, domiciliado en pasaje República número novecientos ochenta y cuatro, La Serena, y doña MARÍA GABRIELA TAPIA BRAVO, domiciliada en pasaje República número novecientos ochenta y cuatro, La Serena, constituyeron sociedad responsabilidad limitada a monto aportes. DOMICILIO: Ovalle.- RAZÓN SOCIAL: El nombre de la Sociedad y su razón social será “SOCIEDAD AGRÍCOLA DON JUAN LIMITADA”. Sin embargo, la compañía podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía de “AGRÍCOLA DON JUAN LTDA.”, que la obligará misma manera que razón social.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos; la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; la cría, invernada; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, y cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho, y cualquier otro acto afín que los socios acuerden.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a cualquiera de los socios don HERNÁN TAPIA LAGUNAS y don CLAUDIO HERNÁN TAPIA BRAVO quienes, podrán actuar indistintamente en forna conjunta o separada y anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades.- CAPITAL: La sociedad tendrá un capital de cinco millones de pesos ($5.000.000.-) que se aporta en la siguiente forma: doña GABRIELA BRAVO TOUTIN la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que entera en este acto, en dinero efectivo, el que es ingresado en la caja social, don CLAUDIO HERNÁN TAPIA BRAVO la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que entera en este acto, en dinero efectivo, el que es ingresado en la caja social, don HERNÁN TAPIA LAGUNAS la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que entera en este acto, en dinero efectivo, el que es ingresado en la caja social, y doña MARÍA GABRIELA TAPIA BRAVO la suma de un millón doscientos cincuenta mil pesos, que entera en este acto, en dinero efectivo, el que es ingresado en la caja social.- DURACIÓN: La sociedad empezará a regir al momento de la firma del instrumento extractado y tendrá una duración de diez años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, según fórmula en escritura. Demás estipulaciones en ella. La Serena, 2 de agosto de 2017.

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

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