Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad Agricola Bg Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 abr 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-04-19Ver PDF (CVE 1385260)

Información societaria

Ltda
Chillán, Ñuble
Duración: 10 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales de 10 años
Administración: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio don ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN, con las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

El arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollar cualquier tipo de proyectos inmobiliarios y otros afines que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$6.000.000

Socios (2)

NombreParticipación

AIRAM JAZMIN GAZALE ALVAREZ

Socio

13.xxx.xxx-0

50%

ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN

Socio

10.xxx.xxx-2

50%

Administradores (1)

ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN

10.xxx.xxx-2Administrador

Texto oficial del extracto

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público, Arauco 620, Chillán, certifica, hoy ante mí: doña AIRAM JAZMIN GAZALE ALVAREZ, chilena, enfermera, C.I. 13.725.582-0, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Chillán, calle Flores Millán 1575, Casa 27; don ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN, chileno, ingeniero agrónomo, C.I.10.911.979-2, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Chillán, calle Flores Millán 1575, Casa 27. Constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada regida por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, por las disposiciones pertinentes del Código Civil y de Comercio en lo que le sean aplicables y, en especial por las estipulaciones siguientes. Nombre o Razón Social: El nombre o razón social será SOCIEDAD AGRICOLA BG LIMITADA, la que podrá actuar inclusive ante los bancos, instituciones financieras y organismo estables con el nombre de fantasía “AGRICOLA BG LTDA.” Domicilio: El domicilio será la ciudad de Chillán, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Objeto: El objeto o giro de la sociedad será el arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios y otros afines que los socios acuerden. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá al socio don ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN, tendrá las más amplias facultades de administración y disposición Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $6.000.000, que los socios se obligaron a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) Doña AIRAM JAZMIN GAZALE ALVAREZ, se obligó a enterar la suma de $3.000.000, que pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la constitución y en la medida que lo requieran las necesidades sociales, B) Don ALBERTO ELIAS BACHMANN CORVALAN, se obligó a enterar la suma de $3.000.000, que pagará a la caja social mediante el aporte en dominio del inmueble ubicado en Lucumávida. Comuna de San Nicolás, Provincia de Ñuble, de una superficie de siete coma cero tres hectáreas y deslinda: NORTE, Etelvina Fuentealba Molina, separada por cerco. ESTE, Sucesión Fuentealba Molina, separada por cerco; SUR, Quebrada sin nombre que lo separa de Miguel Fuentealba Jara; y OESTE, Sucesión Toro Fuentealba en línea quebrada de siete parcialidades separada por cerco y Luz Almira Toro Fuentealba separado por cerco, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas mil setecientos seis con el número mil seiscientos noventa en el Registro de Propiedad del año dos mil dieciséis del Conservador de Bienes Raíces de San Carlos. Rol de avalúos número ciento setenta y cinco guión cuarenta y cinco (175-45) de la comuna de San Nicolás. Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas que arroje la sociedad se repartirán entre los socios en partes iguales. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad se pactó por un período de diez años, a contar de esta fecha. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de diez años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de poner término. Demás estipulaciones escritura extractada. Chillán 16 de Abril del año 2018.-

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

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