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Sociedade por Ações

Simbiu Chile SpA

CONSTITUCIÓN — 17 de jul. de 2026

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2026-07-17Ver PDF (CVE 2840048)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida
Administração: La administración y representación de la sociedad se ejercerá a través de un Gerente General especialmente designado para ello, con las facultades que se le otorguen.

Objeto social

proveer información de todo tipo a medios de comunicación, sean diarios, revistas, redes sociales, radio, televisión y cualquier otro tipo de medios tecnológicos, visuales o escritos; editar, publicar, procesar, analizar, evaluar y gestionar proyectos, consultorías y servicios de venta de información, ya sea procesada o analizada por temas; desarrollar proyectos de marketing; realizar talleres, congresos y seminarios y prestar servicios de asesoría en esta área; seleccionar noticias y publicaciones, recopilarlas, sistematizarlas y ofrecerlas mediante boletines y despachos diarios, semanales, quincenales o mensuales a instituciones, empresas, personas naturales y jurídicas, ya sea a través de impresos, medios magnéticos, electrónicos o en cualquier otra forma; y realizar cualesquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Ações

300

Sócios (2)

NomeParticipação

LITORALPRESS MEDIA DE INFORMACIÓN S.A.

Accionista

96.903.430-1

70%

NEXNEWS SpA

Accionista

77.941.988-6

30%

Administradores (1)

ELISEO ESTEBAN ARAYA ROJAS

13.xxx.xxx-kGerente

Representação legal (3)

MAURICIO GUILLERMO BRAVO ARIS

6.xxx.xxx-kEm representação de LITORALPRESS MEDIA DE INFORMACIÓN S.A.96.903.430-1

ELISEO ESTEBAN ARAYA ROJAS

13.xxx.xxx-kEm representação de LITORALPRESS MEDIA DE INFORMACIÓN S.A.96.903.430-1

LUIS ALEXIS NÚÑEZ SEPÚLVEDA

12.xxx.xxx-8Em representação de NEXNEWS SpA77.941.988-6

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número quinientos setenta y ocho, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 19 de junio de 2026, otorgada ante mí, repertorio N°5038/2026, comparecieron don MAURICIO GUILLERMO BRAVO ARIS, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula nacional de identidad número 6.546.506-K, y don ELISEO ESTEBAN ARAYA ROJAS, chileno, casado, periodista, cédula nacional de identidad número 13.045.433-K, ambos en representación de LITORALPRESS MEDIA DE INFORMACIÓN S.A., rol único tributario número 96.903.430-1, todos domiciliados para estos efectos en calle Obispo Donoso número seis, oficina cuatrocientos uno, cuarto piso, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y don LUIS ALEXIS NÚÑEZ SEPÚLVEDA, chileno, soltero, contador, cédula nacional de identidad número 12.630.449-8, en representación de NEXNEWS SpA, rol único tributario número 77.941.988-6, ambos domiciliados en Décima Avenida número mil doscientos cuarenta y cuatro, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; quienes constituyeron una sociedad por acciones denominada “SIMBIU CHILE SpA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer sucursales, agencias o representaciones tanto en el país como en el extranjero. Su duración será indefinida. La sociedad tendrá por objeto proveer información de todo tipo a medios de comunicación, sean diarios, revistas, redes sociales, radio, televisión y cualquier otro tipo de medios tecnológicos, visuales o escritos; editar, publicar, procesar, analizar, evaluar y gestionar proyectos, consultorías y servicios de venta de información, ya sea procesada o analizada por temas; desarrollar proyectos de marketing; realizar talleres, congresos y seminarios y prestar servicios de asesoría en esta área; seleccionar noticias y publicaciones, recopilarlas, sistematizarlas y ofrecerlas mediante boletines y despachos diarios, semanales, quincenales o mensuales a instituciones, empresas, personas naturales y jurídicas, ya sea a través de impresos, medios magnéticos, electrónicos o en cualquier otra forma; y realizar cualesquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con las anteriores. El capital social asciende a la suma de $30.000.000, dividido en trescientas acciones ordinarias y nominativas, de una única serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan íntegramente en este acto, al contado y en dinero efectivo, de la siguiente forma: LITORALPRESS MEDIA DE INFORMACIÓN S.A. suscribe y paga la suma de $21.000.000, correspondiente al 70% del capital total de la sociedad; y NEXNEWS SpA suscribe y paga la suma de $9.000.000, correspondiente al 30% del capital total de la sociedad. La administración y representación de la sociedad se ejercerá a través de un Gerente General especialmente designado para ello, con las facultades que se le otorguen. Se designa como Gerente General a don ELISEO ESTEBAN ARAYA ROJAS, cédula nacional de identidad número 13.045.433-K, a quien corresponderá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con las facultades establecidas en los estatutos sociales. Se designa como directorio provisorio a don CARLOS MAURICIO BEGAS, don MOISÉS COHEN AMAR y don LUIS ALEXIS NÚÑEZ SEPÚLVEDA, quienes durarán en sus cargos hasta la celebración de la primera junta de accionistas de la sociedad, en la cual deberá elegirse el directorio definitivo. Este directorio provisorio entrará en funciones en la fecha en que se encuentre inscrito y publicado el extracto autorizado de la escritura pública de constitución. Cualquier duda, dificultad o controversia que ocurra entre los accionistas en su calidad de tales, o entre éstos y la sociedad o sus administradores, sea durante la vigencia de la sociedad o durante su liquidación, será resuelta por un árbitro mixto, quien fijará el procedimiento y fallará de acuerdo a derecho. Las partes en conflicto designarán de mutuo acuerdo la persona del árbitro y, a falta de acuerdo, la designación la efectuarán los Tribunales Ordinarios de Justicia correspondientes al domicilio social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de Julio de 2026.

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