Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Y Proyectos De Telecomunicaciones Jr Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 ene 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-01-24Ver PDF (CVE 1341020)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: cinco años, renovándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses del término del período que estuviere en curso
Administración: Corresponderá a JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA, amplias facultades.

Objeto social

La prestación de todo tipo de servicios de ingeniería, elaboración de proyectos y asesorías relacionados con las telecomunicaciones, diseño y desarrollo de proyectos, construcción de sistemas de telecomunicaciones, instalación de equipos y sistemas eléctricos y electrónicos en general, cableado estructurado y redes de todo tipo; la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras civiles o proyectos de ingeniería, construcción, mantención, demolición, transformación o mejoramiento de construcciones, de edificios, viviendas y en general toda clase de obras civiles, y servicios de mantención civil e industrial en general; la compra, venta, fabricación, importación, exportación representación y comercialización de todo tipo de herramientas, materiales de ferretería, de todo tipo de elementos, equipos, repuestos y accesorios eléctricos o electrónicos; y toda actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquiera otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radiotransmisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; todo lo relacionado, actualmente, o, de cualquiera manera, en el futuro, con la actividad; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.

Capital

Capital total

$15.000.000

Capital pagado

$6.250.000

Capital pendiente

$8.750.000

Socios (3)

NombreParticipación

JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA

Socio

12.xxx.xxx-6

50%

VALERIA ROCIO BOLLA ÁLVAREZ

Socio

13.xxx.xxx-6

45%

CATALINA ANTONIA CASAS-CORDERO BOLLA

Socio

19.xxx.xxx-4

5%

Administradores (1)

JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA

12.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial del extracto

ERNESTO VALENZUELA NORAMBUENA, Abogado Notario Público de Concepción, con oficio en Barros Arana 971, local 24, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA, C.I.N°12.657.748-6; VALERIA ROCIO BOLLA ÁLVAREZ; C.I.N°13.107.383-6; y CATALINA ANTONIA CASAS-CORDERO BOLLA, C.I.N°19.707.510-4, todos domiciliados en Avenida Nahuelbuta número 2450, casa C-18, San Pedro de la Paz, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada, monto respectivos aportes.- Razón social: "SERVICIOS Y PROYECTOS DE TELECOMUNICACIONES JR LIMITADA", pudiendo abreviar la palabra Limitada por “LTDA”.- Nombre de fantasía: “JR TELECOM LTDA” Objeto: Será a) La prestación de todo tipo de servicios de ingeniería, elaboración de proyectos y asesorías relacionados con las telecomunicaciones, diseño y desarrollo de proyectos, construcción de sistemas de telecomunicaciones, instalación de equipos y sistemas eléctricos y electrónicos en general, cableado estructurado y redes de todo tipo; b) La ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras civiles o proyectos de ingeniería, construcción, mantención, demolición, transformación o mejoramiento de construcciones, de edificios, viviendas y en general toda clase de obras civiles, y servicios de mantención civil e industrial en general; c) La compra, venta, fabricación, importación, exportación representación y comercialización de todo tipo de herramientas, materiales de ferretería, de todo tipo de elementos, equipos, repuestos y accesorios eléctricos o electrónicos; y d) Toda actividad relacionada con las comunicaciones, sean efectuadas por radio, por líneas telefónicas, satélites, microondas o en cualquiera otra forma. Asimismo, la importación, exportación, compraventa, arrendamiento e instalación de radiotransmisores, equipos, antenas, repuestos y accesorios; reparación de los mismos; todo lo relacionado, actualmente, o, de cualquiera manera, en el futuro, con la actividad; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.; y cualquier otro negocio que acordaren los socios. Administración Representación y uso de la razón social: Corresponderá a JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA, amplias facultades. Capital: $15.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: A) El socio don JULIO ELÍAS CASAS-CORDERO ARANCIBIA, la suma de $7.500.000.-que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: 1) La cantidad de $3.000.000, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y 2) El saldo de $4.500.000, en el plazo de 2 años, a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades. B) La socia doña VALERIA ROCIO BOLLA ÁLVAREZ, la suma de $6.750.000, que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: 1) La cantidad de $3.000.000, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y 2) El saldo de $3.750.000, en el plazo de 2 años, a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades.- C) La socia doña CATALINA ANTONIA CASAS-CORDERO BOLLA, la suma de $750.000, que se ingresan e ingresarán en dinero efectivo, de la siguiente manera: 1) La cantidad de $250.000, en dinero efectivo, ya enterado en la caja social y dos) El saldo de $500.000, en el plazo de un año, a contar de la fecha de la presente escritura, también en dinero efectivo, esto mediante aportes directos o capitalización de utilidades.- Responsabilidad socios, monto aportes. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de agencias, oficinas o sucursales en el resto del país o extranjero. Duración: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, renovándose tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante escritura pública de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses del término del período que estuviere en curso. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 18 de enero de 2018.

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