Sociedad por Acciones

Servicios y Asesorías GLOBRISK SpA

CONSTITUCIÓN — 16 ago 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-08-16Ver PDF (CVE 1446908)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, los que se entienden renovados en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: A) Prestación de servicios profesionales, asesorías financiera y comisionista en materias de seguro; b) Compra, venta, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; c) En general “la empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como aquellas que sean determinadas por la unanimidad de los directores y d) La participación como accionista en sociedades anónimas y sociedades por acciones, o como socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores.-

Capital

Capital total

$1.000.000

Acciones

10

Socios (1)

NombreParticipación

JORGE ALEJANDRO VILLABLANCA MADRID

Accionista

11.xxx.xxx-5

100%

Texto oficial del extracto

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso2, certifico que por escritura publica hoy, ante mí, don JORGE ALEJANDRO VILLABLANCA MADRID, chileno, casado bajo régimen de participación en los gananciales, Ingeniero Comercial, cedula de identidad 11.625.411-5, con domicilio en calle Roberto Guzmán Nº 8860 comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “Servicios y Asesorías GLOBRISK SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer oficinas o agencias en otros puntos del país o del extranjero. Duración: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, los que se entienden renovados en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años Objeto: La sociedad tendrá por objeto: A) Prestación de servicios profesionales, asesorías financiera y comisionista en materias de seguro; b) Compra, venta, arriendo y explotación, por cuenta propia o ajena de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; c) En general “la empresa” podrá efectuar todos los actos y contratos que se relacione directa o indirectamente con sus fines empresariales, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, así como aquellas que sean determinadas por la unanimidad de los directores y d) La participación como accionista en sociedades anónimas y sociedades por acciones, o como socia de sociedades de responsabilidad limitada, colectivas, en comandita o de cualquier otro tipo o naturaleza. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores.- Capital: $1.000.000.-, dividido en diez acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. JORGE ALEJANDRO VILLABLANCA MADRID suscribe diez acciones, las que deberán suscribirse y pagarse en dinero efectivo o mediante el aporte de bienes, dentro de los tres años siguientes a la fecha de la suscripción de la escritura. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo, el capital quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Santiago, 01 de agosto de 2018.

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