Sociedad por Acciones

Servicios Profesionales GHC SpA

CONSTITUCIÓN — 27 oct 2016

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2016-10-27Ver PDF (CVE 1129283)

Información societaria

SpA

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, actuando en el país o en el extranjero, sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena: La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, en particular en las especialidades de Ginecología y Obstetricia, sin perjuicio de la ejecución de otras atenciones médicas y/o servicios que los socios deseen realizar, incluyendo el perfeccionamiento e investigación científica de cada uno de ellos. Las prestaciones médicas y quirúrgicas, podrán efectuarse en clínicas, hospitales, centros médicos y en el domicilio de los pacientes; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional o Servicios de Bienestar de organismos del sector público o privado; b) realizar toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, en todo tipo bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios y efectos de comercio, bonos y debentures, derechos, cuotas en fondos mutuos, o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades, administrarlas y percibir sus frutos; c) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces rurales y urbanos, subdividirlos, urbanizarlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones y explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; d) Dar y recibir en arrendamiento, subarrendar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; e) Desarrollar toda clase se asesorías, especialmente las relacionadas con las actividades señaladas en las letras anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.500.000

Capital pagado

$1.500.000

Capital pendiente

$0

Acciones

150

Socios (2)

NombreParticipación

ANÍBAL TAI-MANARO GARCÍA HUIDOBRO CABRERA

Accionista

18.xxx.xxx-4

60%

GERARDO CORNELIO GARCÍA HUIDOBRO SEVERÍN

Accionista

3.xxx.xxx-3

40%

Texto oficial del extracto

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, ANÍBAL TAI-MANARO GARCÍA HUIDOBRO CABRERA, chileno, casado, médico cirujano, especialista en ginecología y obstetricia, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento sesenta mil trescientos veintidós guión cuatro, domiciliada en Avenida Las Amapolas número mil quinientos, departamento doscientos diez, comuna de Providencia, y de paso en ésta; y don GERARDO CORNELIO GARCÍA HUIDOBRO SEVERÍN, chileno, soltero, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número tres millones ciento ochenta y cuatro mil ciento veintiocho guión tres, domiciliado en camino la Pirámide seis mil nueve, comuna de Huechuraba, y de paso en ésta; constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “Servicios Profesionales GHC SpA” , nombre de fantasía “GHC SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, actuando en el país o en el extranjero, sea directamente por sí o a través de otras personas, y ya sea por cuenta propia o ajena: La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, en particular en las especialidades de Ginecología y Obstetricia, sin perjuicio de la ejecución de otras atenciones médicas y/o servicios que los socios deseen realizar, incluyendo el perfeccionamiento e investigación científica de cada uno de ellos. Las prestaciones médicas y quirúrgicas, podrán efectuarse en clínicas, hospitales, centros médicos y en el domicilio de los pacientes; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituciones de Salud Previsional o Servicios de Bienestar de organismos del sector público o privado; b) realizar toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, en todo tipo bienes, raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios y efectos de comercio, bonos y debentures, derechos, cuotas en fondos mutuos, o participaciones en cualquier clase de sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto, incluso formar sociedades, administrarlas y percibir sus frutos; c) desarrollar todo tipo de negocios inmobiliarios para lo cual podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces rurales y urbanos, subdividirlos, urbanizarlos, construir en ellos por cuenta propia o ajena toda clase de edificaciones y explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; d) Dar y recibir en arrendamiento, subarrendar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; e) Desarrollar toda clase se asesorías, especialmente las relacionadas con las actividades señaladas en las letras anteriores. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Capital y acciones.- El capital de la sociedad asciende a un millón quinientos mil pesos, dividido en ciento cincuenta acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga de acuerdo a lo siguiente: (i) ANÍBAL TAI-MANARO GARCÍA HUIDOBRO CABRERA suscribe noventa acciones, a un precio de suscripción de diez mil pesos por acción, lo que corresponde a un total de novecientos mil pesos, que paga este acto, en dinero en efectivo que ingresa a la caja social y (ii) GERARDO CORNELIO GARCÍA HUIDOBRO SEVERÍN suscribe sesenta acciones, a un precio de suscripción de diez mil pesos por acción, lo que corresponde a un total de seiscientos mil pesos, que aporta en este acto, en dinero en efectivo que ingresa a caja social. San Miguel, 24 de octubre de 2016.

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