Sociedade de Responsabilidade Limitada

Servicios Profesionales Aburto Y Herrera Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 de set. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-09-26Ver PDF (CVE 2193259)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente.
Administração: Corresponderá a JAIME IGNACIO ABURTO GUEVARA y a NICOLÁS PATRICIO HERRERA GARCÍA, quienes actuando en forma separada e individualmente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarios.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, legales, de administración, contables, comerciales, de marketing, de comercio exterior, inmobiliarias, económicas y estratégicas, para todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JAIME IGNACIO ABURTO GUEVARA

Socio

50%

NICOLÁS PATRICIO HERRERA GARCÍA

Socio

50%

Administradores (2)

Representantes perante o SII (2)

Texto oficial do extrato

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, JAIME IGNACIO ABURTO GUEVARA, domiciliado en calle Manuel de Salas número 586, Ñuñoa, Región Metropolitana, y NICOLÁS PATRICIO HERRERA GARCÍA, domiciliado en calle Manuel de Salas número 586, Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, Razón Social: SERVICIOS PROFESIONALES ABURTO Y HERRERA LIMITADA. Nombre de fantasía: AH LTDA.. Domicilio: Santiago. Administración y uso razón social: Corresponderá a don JAIME IGNACIO ABURTO GUEVARA y a don NICOLÁS PATRICIO HERRERA GARCÍA, quienes actuando en forma separada e individualmente y anteponiendo su firma al nombre o razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades en todos los actos, contratos, negocios, operaciones y gestiones que estimen necesarios. Capital Social: $1.000.000.-, que socios han aportado de la siguiente forma: a) JAIME IGNACIO ABURTO GUEVARA aporta la suma de $500.000.- en dinero efectivo, que se pagan en el acto, ingresando a la caja social, equivalente al 50% de derechos sociales; b) NICOLÁS PATRICIO HERRERA GARCÍA aporta la suma de $500.000.- en dinero efectivo, que se pagan en el acto, ingresando a la caja social, equivalente al 50% de derechos sociales. En consecuencia, el capital se encuentra íntegramente suscrito y aportado a caja social. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de toda clase de servicios profesionales y asesorías en materias gerenciales, financieras, legales, de administración, contables, comerciales, de marketing, de comercio exterior, inmobiliarias, económicas y estratégicas, para todo tipo de empresas, personas naturales o jurídicas, en Chile o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, mientras ningún socio manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de septiembre de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.T.

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