Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Odontológicos Montahue Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 mar 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-03-24Ver PDF (CVE 1196971)

Información societaria

Ltda
Concepción, Biobío
Duración: indefinida
Administración: corresponderá únicamente a don Cristhian Alfredo Soto Navarro, facultades en escritura

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios, asesorías, asistencia y estudios, y toda clase de servicios profesionales relacionadas con la actividad de cirujano dentista y laboratorista dental, y en especial: la odontología general, la ortodoncia, la implantología, la cirugía, la endodoncia, la periodoncia, la rehabilitación oral, la odontopediatría, la producción y/o implantación de prótesis dentales, la odontología estética, la elaboración y fabricación de prótesis dentales; y en general, realizar todos los actos directos y/o complementarios que sean necesarios para el desarrollo y el cabal cumplimiento del objeto social y que guarden relación directa con él, ya sea a través de prestaciones a personas naturales, o a sociedades, o a empresas o servicios públicos a través de cualquier medio de asistencia privada o pública.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

CRISTHIAN ALFREDO SOTO NAVARRO

Socio

50%

YERKO IVÁN VERGARA FUENTES

Socio

50%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

JOSÉ GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con Oficio en esta ciudad, calle San Martín número 906, certifica: Por escritura de fecha 17 de marzo de 2017, compareció don CRISTHIAN ALFREDO SOTO NAVARRO, domiciliado en Caupolicán 890 de Curanilahue, y don YERKO IVÁN VERGARA FUENTES domiciliado en Desiderio Sanhueza 318 Block 1 dpto. 22 de Concepción, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “SERVICIOS ODONTOLÓGICOS MONTAHUE LIMITADA" nombre de fantasía “Centro Odontológico Montahue Ltda.” ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá únicamente a don Cristhian Alfredo Soto Navarro, facultades en escritura.- CAPITAL: 4 millones de pesos que se entera y paga por los socios de la siguiente forma: Uno) El socio don Cristhian Alfredo Soto Navarro aporta a la sociedad el 50% del capital social, esto es, la suma 2 millones de pesos aporte que se hizo efectivo en el acto, pagándose de contado y en dinero efectivo a la caja social; Dos) El socio don Yerko Iván Vergara Fuentes aporta a la sociedad el 50% del capital social, esto es, la suma 2 millones de pesos aporte que se hizo efectivo en el acto, pagándose de contado y en dinero efectivo a la caja social. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la prestación de servicios, asesorías, asistencia y estudios, y toda clase de servicios profesionales relacionadas con la actividad de cirujano dentista y laboratorista dental, y en especial: la odontología general, la ortodoncia, la implantología, la cirugía, la endodoncia, la periodoncia, la rehabilitación oral, la odontopediatría, la producción y/o implantación de prótesis dentales, la odontología estética, la elaboración y fabricación de prótesis dentales; y en general, realizar todos los actos directos y/o complementarios que sean necesarios para el desarrollo y el cabal cumplimiento del objeto social y que guarden relación directa con él, ya sea a través de prestaciones a personas naturales, o a sociedades, o a empresas o servicios públicos a través de cualquier medio de asistencia privada o pública. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida. DOMICILIO: Concepción, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se instalen en otros puntos del país o del extranjero. UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Las utilidades se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: a) El socio don Cristhian Alfredo Soto Navarro, obtendrá el 60% de las utilidades que obtenga la sociedad; y b) El socio don Yerko Iván Vergara Fuentes, obtendrá el 40% de las utilidades sociales. Las eventuales pérdidas, serán soportadas por los socios en la misma proporción de las utilidades. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.-Concepción, 17 de marzo del año 2017. DOY FE.

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Relaciones societarias

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