Sociedad por Acciones

Servicios Médicos Ruiz SpA

CONSTITUCIÓN — 26 oct 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-10-26Ver PDF (CVE 1293102)

Información societaria

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
Duración: cinco años, renovables tácita y sucesivamente, si la Junta de Accionistas no decidiere lo contrario
Administración: Administrador/gerente general individual

Objeto social

La prestación de servicios médicos. En el ejercicio de su giro también realizará actividades de asistencia e investigación en todas y cualesquiera de las áreas de la medicina, ejecutando todas acciones necesarias relacionadas con la prevención, protección, promoción, atención, control, seguimiento, recuperación y rehabilitación en la materia, mediante estudios e investigación médica, trabajos científicos, publicaciones científicas y médicas, atención de pacientes en terreno, cirugías, toma de exámenes, compra de artículos médicos para su uso y distribución, realización de operativos médicos y los gastos administrativos y logísticos correspondientes, entrega de medicamentos, recepción de medicamentos, realizar contratación de personal de apoyo, control y toma de registro de pacientes para su seguimiento, podrá también realizar seminarios, capacitaciones, cursos, talleres, conferencias, consejerías, terapias grupales e individuales, retiros, investigaciones, publicaciones, materiales de apoyo y difusión, conservando el espíritu de sus fines específicos; formar parte en otras sociedades modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría y de servicios de aseo y de transporte; realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.

Capital

Capital total

$5.000.000

Acciones

100

Socios (1)

NombreParticipación

MARCELO ANDRES RUIZ PONCE

Accionista

14.xxx.xxx-5

100%

Administradores (1)

MARCELO ANDRES RUIZ PONCE

14.xxx.xxx-5Gerente

Texto oficial del extracto

JOSE MANUEL CIFUENTES GUERRA, Abogado, Notario Público de la Décima Notaria de Santiago, Agustinas 1235, 2° Piso, Suplente de la Titular Valeria Ronchera Flores, Certifico: Por escritura de fecha 02 de Octubre de 2017, ante la Titular Valeria Ronchera Flores, don MARCELO ANDRES RUIZ PONCE, chileno, soltero, médico cirujano, cédula nacional de identidad número catorce millones seiscientos diecinueve mil seiscientos ochenta y cuatro guión cinco, domiciliado en Avenida Guanoco Norte mil quinientos sesenta, casa cincuenta y nueve, Condominio Plaza Verde I, Huechuraba, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones bajo razón social “SERVICIOS MÉDICOS RUIZ SpA”. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios médicos. En el ejercicio de su giro también realizará actividades de asistencia e investigación en todas y cualesquiera de las áreas de la medicina, ejecutando todas acciones necesarias relacionadas con la prevención, protección, promoción, atención, control, seguimiento, recuperación y rehabilitación en la materia, mediante estudios e investigación médica, trabajos científicos, publicaciones científicas y médicas, atención de pacientes en terreno, cirugías, toma de exámenes, compra de artículos médicos para su uso y distribución, realización de operativos médicos y los gastos administrativos y logísticos correspondientes, entrega de medicamentos, recepción de medicamentos, realizar contratación de personal de apoyo, control y toma de registro de pacientes para su seguimiento, podrá también realizar seminarios, capacitaciones, cursos, talleres, conferencias, consejerías, terapias grupales e individuales, retiros, investigaciones, publicaciones, materiales de apoyo y difusión, conservando el espíritu de sus fines específicos; formar parte en otras sociedades modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría y de servicios de aseo y de transporte; realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. ADMINISTRACION: La Sociedad será administrada por el Gerente General, don MARCELO ANDRES RUIZ PONCE, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la sociedad, podrá representarla con todas y cada una de las facultades. CAPITAL: El capital social será la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, dividido en cien acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal que se suscribirá y pagará en la forma que se señala en las disposiciones transitorias de esta escritura. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo y/o con bienes muebles o inmuebles corporales o incorporales. La sociedad no se disolverá si se reúnen todas las acciones en un mismo accionista. DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Viña del Mar, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezca en el país o en el extranjero. DURACION: La sociedad empezará a regir el día de su constitución y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, si la Junta de Accionistas no decidiere lo contrario, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto, que se reducirá a escritura pública anotada al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de Octubre de 2017.-

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