Société à responsabilité limitée

Servicios Medicos Ruiz & Larrañaga Y Compañía Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 juin 2018

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2018-06-16Voir le PDF (CVE 1415287)

Informations sociétaires

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Durée: tres años, prorrogables por periodos iguales
Administration: Corresponderá ejercerla en forma amplia a don FELIPE IGNACIO RUIZ MATUS.

Objet social

Prestación de servicios en el área de la salud. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital libéré

$5.000.000

Capital restant dû

$0

Associés (2)

NomParticipation

FELIPE IGNACIO RUIZ MATUS

Socio

30%

MARIA BELEN LARRAÑAGA DEL CAMPO

Socio

70%

Administrateurs (1)

Texte officiel de l’extrait

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular 27 Notaria Santiago, oficio Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifico que: por escritura pública de hoy ante mí, Don FELIPE IGNACIO RUIZ MATUS, y Doña MARIA BELEN LARRAÑAGA DEL CAMPO, ambos domiciliados en Cristóbal Colon tres mil setecientos setenta, departamento ciento ochenta y tres, comuna de Las Condes; constituyeron sociedad responsabilidad limitada. El nombre y la razón social será “SERVICIOS MEDICOS RUIZ & LARRAÑAGA Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar también como “SERVICIOS MEDICOS RUIZ & LARRAÑAGA, LTDA”, incluso ante Bancos e Instituciones Financieras. OBJETO: El objeto de la sociedad será: Prestación de servicios en el área de la salud. Asimismo, la sociedad podrá dedicarse a cualquier otro objeto específico que los socios acuerden. DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de que pueda poner sucursales o agencias en cualquier punto del país, o fuera de él. CAPITAL: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos que se aportará por los socios de la siguiente forma: a) Don FELIPE IGNACIO RUIZ MATUS, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo, la suma de un millón quinientos mil pesos, suma que corresponde al treinta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye.- y b) doña MARIA BELEN LARRAÑAGA DEL CAMPO, ingresa a las arcas sociales en este acto en dinero efectivo la suma de tres millones quinientos mil pesos, suma que corresponde al setenta por ciento de los derechos de la sociedad que se constituye. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada exclusivamente al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá ejercerla en forma amplia a don FELIPE IGNACIO RUIZ MATUS. DURACION: la sociedad tendrá un plazo de tres años, prorrogables por periodos iguales, a menos que uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio y notificada su voluntad por carta certificada a los otros socios, todo con una anticipación mínima de seis meses. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 08 de Junio del año 2018.

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