Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Medicos Rojas Y Arancibia Compañia Limitada

CONSTITUCIÓN — 6 sept 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-09-06Ver PDF (CVE 1267998)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales.
Administración: Corresponderá a PILAR SOFIA ROJAS HERRERA y/o a JUAN PABLO ARANCIBIA POCH, en forma conjunta o separada, amplias facultades.

Objeto social

Uno) La explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional, servicios de bienestar. Dos) La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles. Tres) La realización, por cuenta propia o ajena, de inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos o instrumentos de ahorro, de inversión o de renta fija o variable, certificados de depósito, cuotas derechos o acciones en comunidades o en toda ciase de sociedades y en general, en cualquier clase de instrumentos negociables, valores mobiliarios, títulos de inversión o efectos públicos de comercio y Cuatro) Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$600.000

Capital pagado

$600.000

Socios (3)

NombreParticipación

PILAR SOFIA ROJAS HERRERA

Socio

35%

JUAN PABLO ARANCIBIA POCH

Socio

35%

MIRTHA MARIELA MORAN BRAVO

Socio

30%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

ALVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular, 42º Notaría Santiago, Agustinas 1070, segundo piso, certifico: Que, por escritura pública hoy ante mí doña PILAR SOFIA ROJAS HERRERA; domiciliada en calle Av. Las Condes nueve mil cuatrocientos sesenta oficina setecientos seis, Las Condes; don JUAN PABLO ARANCIBIA POCH, domiciliado en Av. Las Condes nueve mil cuatrocientos sesenta oficina setecientos seis, Las Condes, y doña MIRTHA MARIELA MORAN BRAVO, domiciliada en calle Doctor Diego Palaviccino número cinco mil trescientos cuarenta y dos, Huechuraba, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: "SERVICIOS MEDICOS ROJAS Y ARANCIBIA COMPAÑIA LIMITADA". Domicilio: Santiago. Objeto: Uno) La explotación, administración y prestación de servicios y consultas médicas, de toda clase en todas las ramas y especialidades, en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional, servicios de bienestar. Dos) La explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes inmuebles. Tres) La realización, por cuenta propia o ajena, de inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos o instrumentos de ahorro, de inversión o de renta fija o variable, certificados de depósito, cuotas derechos o acciones en comunidades o en toda ciase de sociedades y en general, en cualquier clase de instrumentos negociables, valores mobiliarios, títulos de inversión o efectos públicos de comercio y Cuatro) Toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. Administración y uso de la razón social: Corresponderá a PILAR SOFIA ROJAS HERRERA y/o a JUAN PABLO ARANCIBIA POCH, en forma conjunta o separada, amplias facultades.- Capital: $600.000.- enterados y pagados en dinero efectivo a la caja social de la siguiente manera: PILAR SOFIA ROJAS HERRERA aporta la cantidad de $210.000 que equivalen al 35% del haber social; JUAN PABLO ARANCIBIA POCH aporta la cantidad de $210.000 que equivalen al 35% del haber social y MIRTHA MARIELA MORAN BRAVO aporta la cantidad de $180.000 que equivalen al 30% del haber social. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, plazo que se entenderá renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Santiago, 01 de Septiembre de 2017.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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Relaciones societarias

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