股份公司

Servicios Medicos Pesantes Y Aguilera SpA

CONSTITUCIÓN — 2017年5月12日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2017-05-12查看 PDF(CVE 1214006)

公司資料

SpA
Concepción, Biobío
期限: indefinida
管理方式: Administración y representación social, así como el uso de la razón social, corresponderá, mientras la Junta no designe otro administrador, en forma individual, a doña Rosa María Pesantes Castillo.

公司目的

A.- Prestar servicios médicos de todo tipo y de psicología en general, incluyendo servicios de docencia en materias relacionadas con la salud humana; investigación, trabajo a través de los accionistas o contratando profesionales. B.- Y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con anteriores, o necesarias para desarrollar o complementar el objeto social o que sea consecuencia de él.

資本

總資本

$6.000.000

實繳資本

$6.000.000

待繳資本

$0

股份

20

股東(2)

姓名持股比例

Rosa María Pesantes Castillo

Accionista

22.xxx.xxx-6

60%

Héctor Eduardo Aguilera Henríquez

Accionista

10.xxx.xxx-2

40%

管理人(1)

Rosa María Pesantes Castillo

22.xxx.xxx-6Administrador

摘要官方正文

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular, O’Higgins N° 528, Concepción, certifica: Por escritura 9 Mayo 2017, repertorio 2.480, ante mí, doña ROSA MARIA PESANTES CASTILLO, cédula 22.151.763 - 6, y don HECTOR EDUARDO AGUILERA HENRIQUEZ, cédula 10.707.876 - 2, ambos, Pasaje 36, casa 395, Talcahuano, constituyeron sociedad por acciones, que se regirá en lo no previsto en este contrato, por las disposiciones contenidas en los artículos 424 a 446 del Código de Comercio y demás normas pertinentes, en lo que le fueran aplicables.- Razón social: “SERVICIOS MEDICOS PESANTES Y AGUILERA SpA”.- Objeto: A.- Prestar servicios médicos de todo tipo y de psicología en general, incluyendo servicios de docencia en materias relacionadas con la salud humana; investigación, trabajo a través de los accionistas o contratando profesionales.- B.- Y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con anteriores, o necesarias para desarrollar o complementar el objeto social o que sea consecuencia de él.- Domicilio sociedad: comuna Concepción.- La Sociedad empezará a regir desde fecha esta escritura y tendrá una duración indefinida.- Capital sociedad: $6.000.000.- dividido en 20 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal.- Todas las acciones quedan emitidas y todas ellas suscritas y pagadas en efectivo, fecha esta escritura, siendo su valor de colocación $300.000.-cada una.- Doña Rosa María Pesantes Castillo suscribe y paga 12 acciones.- Don Héctor Eduardo Aguilera Henríquez suscribe y paga 8 acciones.- Administración y representación Sociedad, así como el uso razón social, corresponderá, mientras la Junta no designe otro administrador, en forma individual, a doña Rosa María Pesantes Castillo, quien queda facultada para ejercer la administración por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados mediante mandato especial otorgado por escritura pública.- Pudiendo ese o esos mandatarios ser reemplazados y removidos libremente por la administradora.- La administradora tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos que digan o no relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines o consecuencia de él.- Los accionistas acuerdan que la sociedad que por esta fecha se organiza, tributará en primera categoría conforme la modalidad del artículo 14 –A o renta atribuida.- En consecuencia, será requisito esencial para ser accionista de esta sociedad que se trate de personas naturales que reúnan requisitos para ser accionistas de una sociedad que tribute conforme el sistema recién indicado.- Por lo mismo, queda limitada la facultad de transferir las acciones de esta sociedad sólo a cesionarios que reúnan la condición antes indicada y la cesión deberá ser autorizada por Junta General Extraordinaria que vele por el cumplimiento de estas condiciones y de cualquiera otra que pueda imponer o haber impuesto el Servicio de Impuestos Internos.- La administradora queda facultada para negar la inscripción de toda transferencia que no cumpla con los requisitos anteriores, transferencia que carecerán de todo valor.- Concepción, 9 Mayo 2017.- Juan Espinosa Bancalari, Notario Público Titular Concepción.-

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  1. CONSTITUCIÓN

    SERVICIOS MEDICOS PESANTES Y AGUILERA SPA

    CVE 1214006

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