Servicios Médicos Manurewa Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital pagado
$6.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Edgar Marcelo Devaud Jaureguiberry Socio | - | 30% | $1.800.000 |
Viviana Carolina Bernedo Trapp Socio | - | 70% | $4.200.000 |
Administradores (2)
Edgar Marcelo Devaud Jaureguiberry
Viviana Carolina Bernedo Trapp
Texto oficial del extracto
HARRY WINTER AGUILERA, Abogado, Notario Público Titular Osorno, Eleuterio Ramírez Nº 910, certifica: Por escritura pública del 10 de febrero de 2017, rectificada con fecha 03 de Abril de 2017, ambas ante mí, Edgar Marcelo Devaud Jaureguiberry y Viviana Carolina Bernedo Trapp, ambos Parcela Nº 44, Condominio Manantiales del Río, Las Quemas, Osorno, Región de Los Lagos, modificaron sociedad responsabilidad limitada, “SERVICIOS MÉDICOS MANUREWA LIMITADA”, inscrita Fs. 347 vta, Nº 238 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Osorno, año 2013, en sentido siguiente: A) Socios aumentaron capital social de $3.000.000 a $6.000.000.- El aumento de capital se entera y paga en su totalidad por Viviana Carolina Bernedo Trapp, por la suma de $3.000.000 mediante el aporte en dinero en efectivo que realiza en el acto, ya ingresados a las arcas de la Sociedad. Socios acuerdan modificar artículo Quinto referente al capital, en sentido que éste corresponde a la suma de $6.000.000, aportados por socios así: Uno) Edgar Marcelo Devaud Jaureguiberry, $1.800.000, equivalente a 30% del capital e interés social, pagado e ingresado a caja social; Dos) Viviana Carolina Bernedo Trapp, $4.200.000, equivalente a 70% del capital e interés social, pagado e ingresado a caja social. B) Asimismo, socios modifican artículo Cuarto del estatuto social en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios Edgar Marcelo Devaud Jaureguiberry y Viviana Carolina Bernedo Trapp, quienes actuando separada o conjuntamente, y anteponiendo la razón social a su firma, podrán obligar a la sociedad con las más amplias facultades, especialmente aquellas referidas en el Artículo Cuarto de los estatutos. En lo no modificado queda vigente pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Osorno, 06 de Abril del 2017.
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
SERVICIOS MÉDICOS MANUREWA LIMITADA
CVE 1202384
