Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Medicos L&c Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 mar 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-03-20Ver PDF (CVE 1195467)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años, tácitamente renovable por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno
Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a ambos socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad

Objeto social

La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en el área de la medicina, así como en cada una de las especialidades relacionadas, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica y profesional, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público, como el Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios. La sociedad podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que el constituyente decida.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

LORETO SOLEDAD BREVIS OLATE

Socio

15.xxx.xxx-2

50%

CRISTOBAL JAVIER VERGEOA BENGOECHEA

Socio

15.xxx.xxx-5

50%

Administradores (2)

Texto oficial del extracto

HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público de la Primera Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil ciento sesenta, oficina ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 10/03/2017 doña LORETO SOLEDAD BREVIS OLATE, Rut 15.600.514-2 y don CRISTOBAL JAVIER VERGARA BENGOECHEA, Rut:15.256.530-5, ambos con domicilio en Santa Rosa Nº 46, departamento Nº 2401, comuna de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, regida por la Ley 3.918 y por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y del Código Civil y, en especial, por las disposiciones del siguiente estatuto: El nombre o razón social es “SERVICIOS MEDICOS L&C LIMITADA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “L&C MED LTDA”, ante Bancos e Instituciones Financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y cualquier organismo público o privado. El objeto de la Sociedad será: La prestación de servicios profesionales en el área de la salud, especialmente en el área de la medicina, así como en cada una de las especialidades relacionadas, otorgar tratamientos médicos generales o especiales; proporcionar atención médica y profesional, realizar exámenes y atender consultas propias o ajenas, todo ello de manera ambulatoria o a pacientes hospitalizados respecto de toda persona que en forma directa o a través de convenios con cualquiera persona jurídica de derecho público, como el Fondo Nacional de Salud o Institucionales de Salud Previsional, servicios de bienestar de orden público de organismos públicos, municipales o privados, fiscales o semifiscales nacional o extranjera, acuda en demanda de sus servicios. La sociedad podrá en general realizar cualquier actividad que esté relacionada con su objeto y que el constituyente decida. La administración y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta a ambos socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad, en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y, en especial, además, en la celebración de los siguientes actos y contratos, no siendo necesario acreditar ante terceros si ellos corresponden o no al giro social con las facultades indicadas en la escritura extractada. El capital social será la suma de un millón de pesos, doña LORETO SOLEDAD BREVIS OLATE, aporta la suma de quinientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social en este acto, correspondiéndole por tanto, el cincuenta por ciento de los haberes y derechos sociales don CRISTOBAL JAVIER VERGARA BENGOECHEA, aporta la suma de quinientos mil pesos, al contado, en dinero efectivo, en este acto ingresado en caja social, correspondiéndole por tanto, el cincuenta por ciento de los haberes y derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad empezará a regir con la fecha de la escritura de constitución y tendrá una duración de cinco años, la que se entenderá tácita y sucesivamente renovada por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo que por acuerdo unánime de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto de la presente escritura en el Registro de Comercio de Santiago, todo con una anticipación mínima de seis meses antes del vencimiento del plazo o prórroga respectiva. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país y en el extranjero. Demás estipulaciones, según escritura extractada. Santiago 13 de Marzo 2017. H Cuadra G.

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