Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Medicos Erpel Limitada

CONSTITUCIÓN — 8 abr 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-04-08Ver PDF (CVE 1202371)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: por un plazo de tres años a contar de la fecha de la escritura de constitución, prorrogable tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada vez
Administración: La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponden exclusivamente al socio FELIPE ANDRES ERPEL NORAMBUENA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades.

Objeto social

La prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud; consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar; compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; y asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (3)

NombreParticipación

FELIPE ANDRES ERPEL NORAMBUENA

Socio

34%

MIGUEL ERNESTO ERPEL PINOCHET

Socio

33%

VIVIANA ANTONIA NORAMBUENA ERPEL

Socio

33%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31ª. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura pública hoy ante mi, don FELIPE ANDRES ERPEL NORAMBUENA, domiciliado Vicuña Mackenna N° 2935, departamento 2102 torre C, don MIGUEL ERNESTO ERPEL PINOCHET, domiciliado en San Francisco N° 2244 casa N° 46, Puente Alto, y doña VIVIANA ANTONIA NORAMBUENA ERPEL, domiciliada en San Francisco N° 2244, casa N° 46, Puente Alto, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: “SERVICIOS MEDICOS ERPEL LIMITADA”. Objeto: a).- La prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución de salud.- b).-Consultoría y asesoramiento en materias de salud de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar.- c).- Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud; y d).- Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades indicadas. Capital: $1.000.000.- de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera: a) Con la suma de $400.000.- pesos, equivalente al 34% de los derechos sociales, suma aportada e ingresada a la caja social por el socio FELIPE ANDRES ERPEL NORAMBUENA; b) Con la suma de $300.000.- pesos, equivalente al 33% de los derechos sociales, suma aportada e ingresada a la caja social por el socio MIGUEL ERNESTO ERPEL PINOCHET; c) Con la suma de $300.000.- pesos, equivalente al 33% de los derechos sociales, suma aportada e ingresada a la caja social por la socia VIVIANA ANTONIA NORAMBUENA ERPEL. Administración: La administración y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponden exclusivamente al socio FELIPE ANDRES ERPEL NORAMBUENA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades. Duración: por un plazo de tres años a contar de la fecha de la escritura de constitución. Su vigencia se prorrogará tácita y sucesivamente por períodos de tres años cada vez, si ninguno de los socios manifestare su intención de ponerle término a la expiración del período que estuviere en curso, mediante declaración hecha por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad, con una anticipación de a lo menos seis meses al vencimiento del período o del prorrogado, según corresponda. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de marzo de 2017.

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Relaciones societarias

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