Servicios Jurídicos Y Legales Octava Jurídica Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficinas y otros establecimientos para la atención a los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; la dedicación por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficinas y otros establecimientos para la atención a los clientes personas naturales o jurídicas, de sociedades, organismos públicos y demás instituciones públicas o privadas ; prestar asesorías jurídicas y legales , elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, charlas, simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; la prestación de servicios profesionales en el área jurídica. A tal efecto, podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse o consorciarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Asesoría integral; servicios profesionales tributarios, financieros y administrativos, auditorias, consultorías y representación de empresas nacionales o extranjeras; comisión o mandato mercantil; corretaje e intermediación de propiedades, compra y venta de muebles e inmuebles; ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; inversiones, construcciones y planes habitacionales; urbanización y loteos en general, saneamientos y regularización de propiedades, administración y arrendamiento de bienes raíces. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores directa o indirectamente , los complemente o sea una consecuencia de los mismos.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$3.000.000
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 15.xxx.xxx-k | 15.xxx.xxx-k | 33.33% | $2.000.000 |
RODRIGO ANDRÉS MAURICIO LEAL REYES Socio 13.xxx.xxx-5 | 13.xxx.xxx-5 | 33.33% | $2.000.000 |
CARLOS GUILLERMO LAVÍN HOUSSET Socio 13.xxx.xxx-7 | 13.xxx.xxx-7 | 33.33% | $2.000.000 |
Administradores (3)
RODRIGO ANDRÉS MAURICIO LEAL REYES
CARLOS GUILLERMO LAVIN HOUSSET
Texto oficial del extracto
JOSÉ GERARDO BAMBACH ECHAZARRETA, Abogado, Notario Público Concepción, con oficio San Martín Nº906, Concepción, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2018, Repertorio N°1.437-18, ante mí, comparecieron don DAVID ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA, chileno, abogado, soltero, C.I.: 15.184.278-k, don RODRIGO ANDRÉS MAURICIO LEAL REYES, chileno, abogado, soltero, C.I.: 13.953.845-5 y don CARLOS GUILLERMO LAVIN HOUSSET, chileno, abogado, casado, C.I.: 13.550.320-7, todos domiciliados en Barros Arana 1100, oficina 1805, comuna de Concepción, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “SERVICIOS JURÍDICOS Y LEGALES OCTAVA JURÍDICA LIMITADA”. Su nombre de fantasía es “OCTAVA JURIDICA LTDA.” La administración y uso razón corresponderá a DAVID ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA, RODRIGO ANDRÉS MAURICIO LEAL REYES y CARLOS GUILLERMO LAVÍN HOUSSET, ya individualizados, quienes actuando los tres socios conjuntamente como regla general y excepcionalmente, cuando se indique expresamente en esta misma escritura actuando conjuntamente sólo dos de los socios e inclusive también cuando se indique uno solo de ellos y anteponiendo sus firmas a la razón social representarán a la Sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición para el giro social y la obligarán en todos los actos, gestiones, negocios y contratos relativos a su objeto giro ordinario, y en especial además en la celebración de todos los actos o contratos; no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. El capital de la Sociedad es la cantidad de $6.000.000, de los cuales se han enterado $3.000.000 y quedan por enterar $3.000.000 que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) DAVID ANDRÉS GONZÁLEZ GARCÍA se obliga a enterar el equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y un millón de pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; B) RODRIGO ANDRÉS MAURICIO LEAL REYES se obliga a enterar el equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y un millón de pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales; C) CARLOS GUILLERMO LAVÍN HOUSSET se obliga a enterar el equivalente al treinta y tres coma treinta y tres por ciento del capital social, mediante el aporte de un millón de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto y un millón de pesos que enterará en efectivo, a más tardar dentro del plazo de doce meses contado desde la fecha del acto constitutivo y en la medida que lo requieran las necesidades sociales. El objeto social será la dedicación por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficinas y otros establecimientos para la atención a los clientes particulares, las sociedades, los organismos públicos y demás instituciones; prestar asesorías, elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; la dedicación por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: Actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, el ejercicio, desarrollo y perfeccionamiento de la profesión de abogado; la instalación de oficinas y otros establecimientos para la atención a los clientes personas naturales o jurídicas, de sociedades, organismos públicos y demás instituciones públicas o privadas ; prestar asesorías jurídicas y legales , elaborar proyectos y realizar estudios; la dictación de conferencias, cursos, charlas, simposios y reuniones profesionales; la importación de libros, elementos, máquinas y equipos para el debido desarrollo de la actividad; la prestación de servicios profesionales en el área jurídica. A tal efecto, podrá realizar toda clase de negocios jurídicos, podrá asociarse o consorciarse con otras personas naturales o jurídicas, profesionales, sociedades o firmas de profesionales, nacionales o extranjeras, de objeto similar o podrá constituirse en corresponsal de las mismas. Asesoría integral; servicios profesionales tributarios, financieros y administrativos, auditorias, consultorías y representación de empresas nacionales o extranjeras; comisión o mandato mercantil; corretaje e intermediación de propiedades, compra y venta de muebles e inmuebles; ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; inversiones, construcciones y planes habitacionales; urbanización y loteos en general, saneamientos y regularización de propiedades, administración y arrendamiento de bienes raíces. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores directa o indirectamente , los complemente o sea una consecuencia de los mismos. La duración será de cinco años, renovable por iguales períodos en forma sucesiva y tácita si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término antes del período que estuviere en curso, con un aviso de a lo menos sesenta días de anticipación mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social y comunicada dentro del mismo plazo al otro socio por carta certificada por Notario Público. El domicilio será Concepción, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que tenga fuera o dentro del país. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 23 de agosto de 2018.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS JURÍDICOS Y LEGALES OCTAVA JURÍDICA LIMITADA
CVE 1454341
