Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicios Forestales Y Arriendo De Maquinarias Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 oct 2018

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2018-10-16Ver PDF (CVE 1479158)

Información societaria

Ltda
Cañete, Biobío
Duración: 10 años contados desde la fecha de la escritura, prorrogable automáticamente por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno
Administración: La administración y representación de la sociedad corresponderá al socio Juan Emilio Herrera Gallardo.

Objeto social

Explotación y comercialización, por cuenta propia o por cuenta de terceros, de rubros forestales, transporte terrestre de mercaderías y pasajeros, y arriendo de maquinarias; incluye compra, venta y explotación de bienes y la celebración de actos y contratos necesarios para el cumplimiento del objeto social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Juan Emilio Herrera Gallardo

Socio

80%

Alexis Eduardo Antipil Carrillo

Socio

20%

Administradores (1)

Texto oficial del extracto

Marcel Mathieu Pommiez Ilufí, Notario Público de Cañete, Esmeralda 280 certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Sres. Juan Emilio Herrera Gallardo, Villagrán 330, y Alexis Eduardo Antipil Carrillo, Hipólito Salas 205, Población Cardenal Raúl Silva Henríquez, ambos comuna de Cañete, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social: “SERVICIOS FORESTALES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS LIMITADA”, nombre de fantasía “SERFOMAQ LTDA”. El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Cañete, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o en el extranjero. La sociedad tendrá por objeto la explotación y comercialización, por cuenta propia o por cuenta de terceros, de los siguientes rubros: 1.- Forestal: Todo tipo de faenas, como forestaciones, reforestaciones, roces, quemas, limpias, podas, desbrotes, raleos comerciales o no, explotaciones de bosques, viveros forestales, producción de semillas, producción de maderas en cualquiera de sus formas, con maquinarias propias o de terceros, explotación de bancos aserraderos, industriales o no, industrias de elaboración de maderas, prestación de asesorías y servicios forestales en cualquiera de su formas; servicios mecanizados en el bosque; control de incendios, abastecimiento de alimentos a campamentos de todo tipo; obras viales, como mantención de caminos, puentes, alcantarillas, comercialización de todos los productos y derivados de la madera y de las actividades señaladas. 2.- Transporte.- Transporte terrestre de toda clase de mercaderías, en camiones u otro tipo de vehículos propios o de terceros, especialmente maderas en cualquiera de sus formas, carbón, ripio, arenas, productos agrícolas; transporte de pasajeros como personal de faenas y similares. 3.- Arriendo de maquinarias.- Arriendo de todo tipo de maquinarias para uso industrial; para la construcción; movimiento de tierra; labores madereras en bosque o fuera de él; para obras eléctricas; para obras fluviales e hidráulicas; obras sanitarias; obras civiles; para manejo de residuos sólidos habitacionales o industriales. Para el cumplimiento de su objetivo la sociedad podrá comprar, vender y explotar a cualquier título, en los rubros enunciados, y en general ejecutar todos los actos y celebrar todas las convenciones necesarias para el mejor cumplimiento del objetivo social, y todo ello sin perjuicio de cualquiera otros negocios que los socios acuerden en el futuro y que digan relación con los rubros señalados. El uso de la razón social, así como la administración y representación de la sociedad corresponderá al socio Juan Emilio Herrera Gallardo. Capital: $10.000.000 aportando el socio Juan Emilio Herrera Gallardo la suma de $8.000.000 y el socio Alexis Eduardo Antipil Carrillo aporta la suma de $2.000.000 ambos enterados al contado, en dinero efectivo que ingresan en el mismo acto a la caja social. Los socios limitan sus responsabilidades hasta el monto de sus aportes respectivos. La sociedad durará de 10 años contados desde la fecha de la escritura. Se entenderá prorrogada en forma automática, por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo algún socio manifiesta su voluntad de término por escritura pública anotada al margen de la inscripción del extracto en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación mínima de 6 meses antes del fin del período en curso o de sus prorrogas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Cañete, 12 de octubre de 2018.

Actuaciones recientes

  1. CONSTITUCIÓN

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