Servicios De Enfermería Sumaal Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
desarrollar cualquier actividad relacionada con el rubro u oficio de enfermería como prestar servicios de enfermería, contratar servicios de enfermería, comprar, vender y arrendar productos de enfermería, elaborar, distribuir y comercializar productos de enfermería además de cualquier otro giro que los socios acuerden
Capital
Capital total
$2.000.000
Capital pagado
$2.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-1 | 9.xxx.xxx-1 | 50% | $1.000.000 |
Socio 17.xxx.xxx-0 | 17.xxx.xxx-0 | 50% | $1.000.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura de 27 de diciembre de 2016, ante mí, SUSAN MARLENE POLANCO GAJARDO, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos veinticinco guion uno y VICTOR ALONDO POLANCO GAJARDO, cédula nacional de identidad número diecisiete millones cuarenta y cinco mil trescientos treinta y seis guion cero, constituyeron sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón social: SERVICIOS DE ENFERMERÍA SUMAAL LIMITADA. Objeto: desarrollar cualquier actividad relacionada con el rubro u oficio de enfermería como prestar servicios de enfermería, contratar servicios de enfermería, comprar, vender y arrendar productos de enfermería, elaborar, distribuir y comercializar productos de enfermería además de cualquier otro giro que los socios acuerden. Domicilio: Puerto Varas. Sin perjuicio que puedan establecerse agencias o sucursales otras ciudades del país o extranjero. Capital: $2.000.000.-, que los constituyentes enteran en este acto en partes iguales y en dinero efectivo. Responsabilidad limitada al monto de su aporte. Administración y uso de la razón social corresponderán a SUSAN MARLENE POLANCO GAJARDO y a VICTOR ALONDO POLANCO GAJARDO, en forma independiente e indistinta.- Duración: 3 años y tendrá vigencia a contar de la fecha de la escritura, plazo renovable tácita y sucesivamente, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración por escritura pública, la que deberá anotarse al margen de la inscripción de este contrato, en el Registro de Comercio, con tres meses de anticipación a lo menos a la fecha de vencimiento del plazo inicial de vigencia de la Sociedad o cualquiera de sus prórrogas.- Otras estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Varas, 29 de diciembre de 2016.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS DE ENFERMERÍA SUMAAL LIMITADA
CVE 1163832
