Servicios Administrativos, Tecnicos Y Juridicos Silgar Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) la realización de todo tipo de trabajos administrativos, técnicos y jurídicos a que dé lugar la aplicación de las normas y procedimientos contenidos en el Decreto Ley número dos mil seiscientos noventa y cinco del año mil no vecientos setenta y nueve y su reglamento; b) la prestación de servicios profesionales en las ramas de la topografía, cartografía, confección de planos, subdivisión de inmuebles, cambio de uso de suelo; c) el corretaje y administración de propiedades, por cuenta propia o ajena, la compra y venta de inmuebles; d) realizar toda actividad que, en cualquier forma, esté relacionada o lo esté en el futuro con las actividades antes indicadas; y cualquier otro negocio que acordaren las socias, esté o no relacionado con los anteriores.
Capital
Capital total
$3.000.000
Capital pagado
$3.000.000
Capital pendiente
$0
Socios (2)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Socio | - | 50% | $1.500.000 |
Administradores (2)
Texto oficial del extracto
PEDRO HERNAN LARRERE CASTRO, Notario Público Castro, Gamboa 443, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 31 de enero 2017, señores PATRICIA LUCIL A SILVA ÁGUILA y KARINA ANDREA GARCÍA SILVA, ambas domiciliadas en sector Nercón, comuna Castro, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, TECNICOS Y JURIDICOS SILGAR LIMITADA”, pudiendo actuar y funcionar, con el nombre de fantasía “SILGAR LTDA.” Objeto: El objeto de la sociedad es: a) la realización de todo tipo de trabajos administrativos, técnicos y jurídicos a que dé lugar la aplicación de las normas y procedimientos contenidos en el Decreto Ley número dos mil seiscientos noventa y cinco del año mil no vecientos setenta y nueve y su reglamento; b) la prestación de servicios profesionales en las ramas de la topografía, cartografía, confección de planos, subdivisión de inmuebles, cambio de uso de suelo; c) el corretaje y administración de propiedades, po r cuenta propia o ajena, la compra y venta de inmuebles; d) realizar toda actividad que, en cualquier forma, esté relacionada o lo esté en el futuro con las actividades antes indicadas; y cualquier otro negocio que acordaren las socias, esté o no relacionado con los anteriores.- Domicilio: ciudad Castro, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros lugares del país o extranjero. Duración: 8 años a partir fecha constitución, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 3 meses antes del fin de respectivo período. Administración, representación, uso razón social y nombre de fantasía: corresponderá, indistintam ente, a cualquiera de las socias, quienes actuando conjunta o separadamente por la sociedad, tendrán todas y cada una de las facultades establecida en la cláusula séptima del pacto social. No obstante lo anterior, las socias deberán actuar en forma conjunta para realizar las siguientes actuaciones: a) Gravar bienes muebles con prendas de cualquier clase, para garantizar obligaciones propias o de terceros; b) Gravar con hipotecas los bienes inmuebles de la sociedad; c) concurrir a la formación de otras sociedades; d) contratar préstamos y créditos de cualquier naturalez a, de dinero o de especies, con o sin garantías, con o sin intereses, sea en forma de mutuos, comodatos, acreditivos, pagarés, avances contra aceptación, sobregiros, créditos en cuenta corriente, avances en cuentas especiales, líneas de crédito o en cualqu ier otra forma; constituir a la sociedad en fiadora y codeudora subsidiaria o solidaria de obligaciones de terceros. Capital: $3.000.000, que socias aportan por partes iguales, es decir, con $1.500.000 cada una, que ingresan a la caja social. Responsabilidad de las socias queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Utilidades y eventuales pérdidas se distribuirán en proporción a sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Castro, 13 de marzo de 2017.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, TECNICOS Y JURIDICOS SILGAR LIMITADA
CVE 1193724
