Sociedad de Responsabilidad Limitada

Servicio Automotriz Surmec Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 jul 2024

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2024-07-24Ver PDF (CVE 2522167)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: 5 años contado fecha escritura extractada y se prorrogará tácitamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno
Administración: corresponderá a los socios don SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE, don PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA y don JOSÉ AGUSTIN AUBERT BAEZ, actuando cualquiera de ellos en forma indistinta e individualmente. Sin embargo, para cualquier acto que se celebre en el ejercicio de sus facultades, cuyos montos individualmente considerados superen el equivalente en pesos chilenos a Doscientas Unidades de Fomento, se requerirá la firma de uno cualquiera de los señores Silva o Aubert con el señor Chicharro conjuntamente

Objeto social

a) La ejecución de operaciones de leasing, de arrendamiento, compra y venta, importación, exportación, comercialización y distribución ya sea por cuenta propia o ajena, de vehículos motorizados de cualquier clase, así como de toda clase de bienes muebles, accesorios, repuestos e implementos en general, pudiendo comprar, importar, vender, exportar, arrendar, adquirir y enajenar bienes muebles, maquinarias, equipos, herramientas, vehículos y cualquier otra clase de bien mueble relacionado a las actividades del negocio. b) La prestación de servicios destinados a la mantención y reparación de tales equipos, maquinarias y vehículos. c) Servicio de alineación, balanceo y montaje de neumáticos. d) Servicio de lubricación, mantención y reparación de vehículos motorizados. e) La prestación de servicios destinados a la mantención y reparación de tales equipos, maquinarias y vehículos, como a si mismo el arriendo y subarriendo de los anteriores. y f) En general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con directa o indirectamente con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen o determinen los socios.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital pagado

$10.000.000

Socios (3)

NombreParticipación

SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE

Socio

18.xxx.xxx-5

45%

PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA

Socio

18.xxx.xxx-4

27.5%

JOSÉ AGUSTIN AUBERT BAEZA

Socio

18.xxx.xxx-9

27.5%

Administradores (3)

SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE

18.xxx.xxx-5Administrador

PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA

18.xxx.xxx-4Administrador

JOSÉ AGUSTIN AUBERT BAEZA

18.xxx.xxx-9Administrador

Texto oficial del extracto

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de 15 a Notaria de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández N° 201, Local 101 y 102, Providencia, certifico: que por escritura de fecha 15 de julio de 2024 otorgada ante mí, don SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE, C.I. Nº 18.390.742-5, domiciliado en calle Querétaro Nº 1750, departamento 507, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, don PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA, C.I. Nº 18.396.890-4, domiciliado en Américo Vespucio Norte Nº 1580, departamento 207, comuna de Vitacura, Región Metropolitana y don JOSÉ AGUSTIN AUBERT BAEZA, C.I. Nº 18.393.377-9, domiciliado en calle Raúl Labbé Nº 12413, departamento 503 C, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. RAZON SOCIAL: “SERVICIO AUTOMOTRIZ SURMEC LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “SURMEC LTDA.”.- DOMICILIO: ciudad de de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: a) La ejecución de operaciones de leasing, de arrendamiento, compra y venta, importación, exportación, comercialización y distribución ya sea por cuenta propia o ajena, de vehículos motorizados de cualquier clase, así como de toda clase de bienes muebles, accesorios, repuestos e implementos en general, pudiendo comprar, importar, vender, exportar, arrendar, adquirir y enajenar bienes muebles, maquinarias, equipos, herramientas, vehículos y cualquier otra clase de bien mueble relacionado a las actividades del negocio. b) La prestación de servicios destinados a la mantención y reparación de tales equipos, maquinarias y vehículos. c) Servicio de alineación, balanceo y montaje de neumáticos. d) Servicio de lubricación, mantención y reparación de vehículos motorizados. e) La prestación de servicios destinados a la mantención y reparación de tales equipos, maquinarias y vehículos, como a si mismo el arriendo y subarriendo de los anteriores. y f) En general, realizar toda otra actividad o negocios relacionados con directa o indirectamente con el giro antes descrito y que de común acuerdo fijen o determinen los socios.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá a los socios don SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE, don PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA y don JOSÉ AGUSTIN AUBERT BAEZ, actuando cualquiera de ellos en forma indistinta e individualmente. Sin embargo, para cualquier acto que se celebre en el ejercicio de sus facultades, cuyos montos individualmente considerados superen el equivalente en pesos chilenos a Doscientas Unidades de Fomento, se requerirá la firma de uno cualquiera de los señores Silva o Aubert con el señor Chicharro conjuntamente. DURACIÓN: 5 años contado fecha escritura extractada y se prorrogará tácitamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno. CAPITAL: $10.000.000, el cual los socios enteran y pagan de la siguiente forma: 1) SAMUEL CHICHARRO BENAVENTE, aporta la suma de $6.000.000, equivalente al 45% de la participación en el capital social, cantidad que se paga en este acto, en efectivo y que se ingresan a la caja social. 2) PEDRO PABLO SILVA RIVADENEIRA, aporta la suma de $2.000.000, equivalente a 27,5% de la participación en el capital social, cantidad que se paga en este acto, en efectivo y que se ingresan a la caja social. 3) JOSE AGUSTIN AUBERT BAEZA, aporta la suma de $2.000.000, equivalente a un 27,5% de la participación en el capital social, cantidad que se paga en este acto, en efectivo y que se ingresan a la caja social. Demás estipulaciones no extractables constan en escritura extractada. Santiago, 17 de julio de 2024.

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Relaciones societarias

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