Sociedad de Responsabilidad Limitada

Seoren Construcciones Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 abr 2017

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2017-04-22Ver PDF (CVE 1207080)

Información societaria

Ltda
Temuco, Araucanía
Duración: empezará a regir el seis de abril de dos mil diecisiete y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por periodos iguales, sucesivos y continuos cinco años cada uno
Administración: corresponderán a los tres socios comparecientes quienes podrán actuar conjunta o separadamente, facultades en pacto social

Objeto social

La planificación, la proyección y ejecución de obras de construcción menores y mayores, la desarmaduría, el desarrollo de actividades constructivas de edificación en sus diversas etapas, éntrelas cuales considera hormigones, obra gruesa, terminaciones, revestimientos y cualquier otra actividad relacionada con los giros ya mencionados

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital pagado

$1.500.000

Capital pendiente

$1.500.000

Socios (3)

NombreParticipación

RODRIGO GABRIEL ENCINA MORALES

Socio

33.3%

NICOLAS ANDRES ORTEGA SAEZ

Socio

33.3%

TUCAPEL EMMANUEL SEPULVEDA HACHIGUR

Socio

33.3%

Texto oficial del extracto

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha seis de Abril de dos mil diecisiete, ante mí, don RODRIGO GABRIEL ENCINA MORALES, domiciliado en calle Rio Chapacal número cero novecientos diez población Abraham Lincoln, de la comuna de Temuco; don NICOLAS ANDRES ORTEGA SAEZ, domiciliado en calle Los cardenales número mil ciento veintinueve Localidad de Labranza, comuna de Temuco, y don TUCAPEL EMMANUEL SEPULVEDA HACHIGUR, domiciliado en calle Los Queltehues numero mil sesenta, comuna de Padre Las Casas, de paso en ésta, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada.- RAZON SOCIAL: “SEOREN CONSTRUCCIONES LIMITADA”, nombre de fantasía “SEOREN LTDA.”. ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderán a los tres socios comparecientes quienes podrán actuar conjunta o separadamente, facultades en pacto social. Sin embargo, se requerirá el especial consentimiento de todos los socios para lo siguiente: dar y tomar bienes en hipoteca, posponer, alzar, cancelar hipotecas, incluso con cláusula de garantía general; para dar y recibir en prenda bienes muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sea en prenda civil o comercial de cualquier tipo, o mediante prendas especiales y cancelarlas. Las hipotecas y prendas pueden caucionar obligaciones propias o de terceros a la sociedad aún de sus propios socios; para constituir a la sociedad en fiadora y codeudora solidaria, otorgar y aceptar fianzas simples y solidarias, avalar letras de cambio, pagarés y toda clase de instrumentos negociables, sea para caucionar obligaciones propias o ajenas.- CAPITAL: tres millones de pesos, que se aporta en la siguiente forma: Don RODRIGO GABRIEL ENCINA MORALES, aporta la suma de un millón de pesos equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital el cual se entera en la forma que se indica a continuación: Uno) Con la suma de quinientos mil pesos, transferida en acto escritura a la caja de la empresa de contado y en dinero efectivo; Dos) El saldo del capital, de quinientos mil pesos, se transferirá por el constituyente a la caja de la Empresa, a medida de las necesidades de la empresa, en el plazo de un año, contados desde fecha escritura; don NICOLAS ANDRES ORTEGA SAEZ, aporta la suma de un millón de pesos equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital el cual se entera en la forma que se indica a continuación: Uno) Con la suma de quinientos mil pesos, transferida en acto escritura a la caja de la empresa de contado y en dinero efectivo; Dos) El saldo del capital, de quinientos mil pesos, se transferirá por el constituyente a la caja de la Empresa, a medida de las necesidades de la empresa, en el plazo de un año, contados desde la fecha escritura, y el socio don TUCAPEL EMMANUEL SEPULVEDA HACHIGUR aporta la suma de un millón de pesos equivalente al treinta y tres coma tres por ciento del capital el cual se entera en la forma que se indica a continuación: Uno) Con la suma de quinientos mil pesos, transferida en acto escritura a la caja de la empresa de contado y en dinero efectivo; Dos) El saldo del capital, de quinientos mil pesos, se transferirá por el constituyente a la caja de la Empresa, a medida de las necesidades de la empresa, en el plazo de un año, contados desde la fecha escritura.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- OBJETO: La planificación, la proyección y ejecución de obras de construcción menores y mayores, la desarmaduría, el desarrollo de actividades constructivas de edificación en sus diversas etapas, éntrelas cuales considera hormigones, obra gruesa, terminaciones, revestimientos y cualquier otra actividad relacionada con los giros ya mencionados.- DURACION: empezará a regir el seis de abril de dos mil diecisiete y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por periodos iguales, sucesivos y continuos cinco años cada uno, forma establecida en escritura.- DOMICILIO: Temuco sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer en otros puntos del país.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 18 de Abril de 2017.-

Actuaciones recientes

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Relaciones societarias

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