Sociedad por Acciones

Sentido Común SpA

CONSTITUCIÓN — 12 may 2023

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2023-05-12Ver PDF (CVE 2313228)

Información societaria

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Indefinida
Administración: No se indica expresamente; administración según estatuto no transcrita en el extracto.

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: /a/ el desarrollo de negocios inmobiliarios, directamente, por intermedio de terceros, o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, subdivisiones, urbanizaciones y construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; /b/ la construcción, por cuenta propia o ajena mediante el sistema de administración, suma alzada o cualquier otro, de todo tipo de edificios, casas, oficinas, locales comerciales o construcciones de cualquier naturaleza; la urbanización, loteo, planificación y diseño de conjuntos habitacionales; y en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena, y la celebración y ejecución de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas; /c/ la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades, proyectos, estudios, asesorías y tasaciones, incluyendo en particular aquellos relativos a diseño, arquitectura y construcción; /d/ la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores, tanto mobiliarios como inmobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; /e/ constituir o formar parte de sociedades u otras entidades de cualquier naturaleza relacionadas con el objeto social; ejecutar todas las operaciones y celebrar todos los actos y contratos civiles y comerciales, de cualquier naturaleza para la explotación, administración, venta, consignación, comercio, propaganda, transporte y distribución de bienes que produzca y servicios que preste en el ejercicio de su giro, y en general, en cuanto se relacione, directa o indirectamente, con los fines sociales; y /f/ en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital pagado

$1.000.000

Capital pendiente

$0

Acciones

1.000.000

Socios (1)

NombreParticipación

María Margarita Guzmán Montes

Accionista

100%

Texto oficial del extracto

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, según Decreto Judicial que se protocoliza en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 3 de mayo de 2023, repertorio N°11.870-2023, María Margarita Guzmán Montes, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: Sentido Común SpA, pudiendo usar para fines publicitarios, propagandas, bancarios y comerciales, el nombre de fantasía “Sentido Común”, en adelante la “Sociedad”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, establecimientos, sucursales u oficinas que la Sociedad decida establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será: /a/ el desarrollo de negocios inmobiliarios, directamente, por intermedio de terceros, o en conjunto con otras personas naturales o jurídicas, para lo cual podrá adquirir, enajenar, negociar y disponer en cualquier forma y a cualquier título de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo efectuar loteos, subdivisiones, urbanizaciones y construcciones de cualquier naturaleza, y venderlas y/o explotarlas, por cuenta propia o ajena; /b/ la construcción, por cuenta propia o ajena mediante el sistema de administración, suma alzada o cualquier otro, de todo tipo de edificios, casas, oficinas, locales comerciales o construcciones de cualquier naturaleza; la urbanización, loteo, planificación y diseño de conjuntos habitacionales; y en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena, y la celebración y ejecución de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas; /c/ la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería, en toda clase de especialidades, proyectos, estudios, asesorías y tasaciones, incluyendo en particular aquellos relativos a diseño, arquitectura y construcción; /d/ la inversión por cuenta propia o ajena en toda clase de bienes inmuebles, corporales e incorporales y en general en toda clase de valores, tanto mobiliarios como inmobiliarios, efectos de comercio, monedas extranjeras, bonos, debentures, pagarés, acciones y derechos sociales, cualquiera sea su naturaleza, ya sea para fines de inversión y/o renta, para lo cual la Sociedad podrá adquirir y enajenar, explotar, administrar y percibir sus frutos a cualquier título; /e/ constituir o formar parte de sociedades u otras entidades de cualquier naturaleza relacionadas con el objeto social; ejecutar todas las operaciones y celebrar todos los actos y contratos civiles y comerciales, de cualquier naturaleza para la explotación, administración, venta, consignación, comercio, propaganda, transporte y distribución de bienes que produzca y servicios que preste en el ejercicio de su giro, y en general, en cuanto se relacione, directa o indirectamente, con los fines sociales; y /f/ en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, las cuales son íntegramente suscritas y pagadas en el acto de constitución de la Sociedad. Santiago, 8 de mayo de 2023. JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA.

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