San Lucas Doctor Movil Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El objeto de la sociedad será la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud humana, la atención de salud comunitaria multiprofesional, por vía remota o presencial, control y seguimiento remoto o presencial de personas con: enfermedades agudas, crónicas híper tensión arterial, diabetes mellitus, hipotiroidismo, dislipidemia y otros, post-operados, hospitalización domiciliaria, asesorías en actividades en atención primaria en salud y su red, en instituciones guiadas bajo el modelo de salud familiar, cuidados del adulto mayor autovalente, dependiente (leve- severo y postrado), cuidados paliativos y ayudar a bien morir, y toda otra actividad relacionada con lo anterior y que los socios acuerden.
Capital
Capital total
$1.200.000
Capital pagado
$1.200.000
Capital pendiente
$0
Socios (3)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.3333333333% | $400.000 |
Socio | - | 33.3333333333% | $400.000 |
Socio | - | 33.3333333333% | $400.000 |
Texto oficial del extracto
PATRICIA PARAM SARRAS, abogada, Notario Público de Santiago, Suplente de la Titular de la Notaría N°37 de doña Nancy de la Fuente Hernández, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, CERTIFICO: que por escritura pública de fecha 27 de octubre de 2022, bajo el repertorio N°3445-2022, ante mí, comparecieron: doña AIDA MARLA SOLARI VERDUGO, domiciliada en calle Candelaria Goyenechea número cinco mil setecientos ochenta y uno de la comuna de Vitacura, doña DANICA MARIA FERRADA ROSSETTI, domiciliada en calle Lo Cruzat 555 Depto. 152, Comuna de Quilicura, y don YONY JOSÉ PEÑA REYES, domiciliado en calle San Eugenio 1209 departamento 152-A, comuna de Ñuñoa, Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: “SAN LUCAS DOCTOR MOVIL LIMITADA”. Nombre fantasía: “DOCTOR MOVIL LIMITADA.” o “DOCTOR MOVIL LTDA.”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos resto país o extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la promoción, ejecución y desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas directa o indirectamente con la salud humana, la atención de salud comunitaria multiprofesional, por vía remota o presencial, control y seguimiento remoto o presencial de personas con: enfermedades agudas, crónicas híper tensión arterial, diabetes mellitus, hipotiroidismo, dislipidemia y otros, post-operados, hospitalización domiciliaria, asesorías en actividades en atención primaria en salud y su red, en instituciones guiadas bajo el modelo de salud familiar, cuidados del adulto mayor autovalente, dependiente (leve- severo y postrado), cuidados paliativos y ayudar a bien morir, y toda otra actividad relacionada con lo anterior y que los socios acuerden. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de esta escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su intención de ponerle término, mediante una declaración que se efectuará por escritura pública, la cual deberá anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del plazo estipulado o de alguna de sus prórrogas. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón doscientos mil pesos, que se entera como sigue: Uno) La socia doña AIDA MARLA SOLARI VERDUGO, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo ingresado a la caja social. Dos) La socia doña DANICA MARIA FERRADA ROSSETTI, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo ingresado a la caja social. Tres) El socio don YONY JOSÉ PEÑA REYES, aporta la suma de cuatrocientos mil pesos, que paga en este acto, en dinero efectivo ingresado a la caja social. Administración y uso razón social La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá en forma conjunta o separada a los socios quienes anteponiendo a su firma la razón social, la representarán con las más amplias facultades. Socios limitan responsabilidad al monto sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Octubre de 2022.
Actuaciones recientes
- CONSTITUCIÓN
SAN LUCAS DOCTOR MOVIL LIMITADA
CVE 2212442
