Société par actions

Saint Inversiones SpA

CONSTITUCIÓN — 25 août 2022

Diario Oficial

ConstitutionDiario Oficial · 2022-08-25Voir le PDF (CVE 2176884)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores, en adelante también el "Administrador", que a su vez serán, actuando conjunta, indistinta o separadamente, el constituyente don Gilbertt Jesús Samur Garnica y doña María De Los Ángeles Kassis Escandar.

Objet social

A) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; B) La obtención de rentas de capitales mobiliarios o inmobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley de Impuesto a La Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, rentas, dividendos, o cualquier otro producto o fruto derivado del dominio , posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de bienes, capitales mobiliarios o inmobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica sea en bienes muebles, corporales o incorporales, inmuebles, en todo tipo de efectos de comercio, en Derechos de todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades extranjeras sean éstas anónimas o no; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; C) Participar en otras empresas o sociedades, cualesquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; D) todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior.

Capital

Capital total

US$10.000

Capital libéré

US$10.000

Actions

10 000

Associés (1)

NomParticipation

Gilbertt Jesús Samur Garnica

Accionista

14.xxx.xxx-0

100%

Administrateurs (2)

Gilbertt Jesús Samur Garnica

14.xxx.xxx-0Administrador

María De Los Ángeles Kassis Escandar

Administrador

Texte officiel de l’extrait

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48° Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3076, Of. 601, Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de fecha 11 de agosto de 2022, Repertorio N°9.449-2022, ante mí, GILBERTT JESÚS SAMUR GÁRNICA, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Civil, CI. N°14.936.635-0, domiciliado para estos únicos efectos en Avenida Holanda N°099, oficina N°701, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones. Razón social: “SAINT INVERSIONES SpA", nombre de fantasía “SAINT SpA” Domicilio: Santiago. Objeto: A) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; B) La obtención de rentas de capitales mobiliarios o inmobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley de Impuesto a La Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, rentas, dividendos, o cualquier otro producto o fruto derivado del dominio , posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de bienes, capitales mobiliarios o inmobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica sea en bienes muebles, corporales o incorporales, inmuebles, en todo tipo de efectos de comercio, en Derechos de todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades extranjeras sean éstas anónimas o no; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; C) Participar en otras empresas o sociedades, cualesquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; D) todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior. Administración y uso razón social: La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores, en adelante también el "Administrador", que a su vez serán, actuando conjunta, indistinta o separadamente, el constituyente don Gilbertt Jesús Samur Garnica y doña María De Los Ángeles Kassis Escandar. Capital US$10.000.- (diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), dividido 10.000 acciones, sin valor nominal, que suscribe y paga íntegramente con esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de agosto de 2022.

ConstitutionDiario Oficial · 2022-08-20Voir le PDF (CVE 2174551)

Informations sociétaires

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Administration: La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores, en adelante también el "Administrador", que a su vez serán, actuando conjunta, indistinta o separadamente, el constituyente don Gilbertt Jesús Samur Garnica y doña María De Los Ángeles Kassis Escandar.

Objet social

A) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; B) La obtención de rentas de capitales mobiliarios o inmobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley de Impuesto a La Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, rentas, dividendos, o cualquier otro producto o fruto derivado del dominio , posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de bienes, capitales mobiliarios o inmobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica sea en bienes muebles, corporales o incorporales, inmuebles, en todo tipo de efectos de comercio, en Derechos de todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades extranjeras sean éstas anónimas o no; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; C) Participar en otras empresas o sociedades, cualesquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; D) todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior.

Capital

Capital total

US$10.000

Capital libéré

US$10.000

Actions

10 000

Associés (1)

NomParticipation

Gilbertt Jesús Samur Garnica

Accionista

14.xxx.xxx-0

100%

Administrateurs (2)

Gilbertt Jesús Samur Garnica

14.xxx.xxx-0Administrador

María De Los Ángeles Kassis Escandar

Administrador

Texte officiel de l’extrait

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la 48° Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3076, Of. 601, Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura de fecha 11 de agosto, Repertorio N°9.449-2022, ante mí, GILBERTT JESÚS SAMUR GÁRNICA, chileno, casado y separado de bienes, Ingeniero Civil, CI. N°14.936.635-0, domiciliado para estos únicos efectos en Avenida Holanda N°099, oficina N°701, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones. Razón social: “SAINT INVERSIONES SpA", nombre de fantasía “SAINT SpA” Domicilio: Santiago. Objeto: A) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; B) La obtención de rentas de capitales mobiliarios o inmobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley de Impuesto a La Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones, rentas, dividendos, o cualquier otro producto o fruto derivado del dominio , posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de bienes, capitales mobiliarios o inmobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener rentas de realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica sea en bienes muebles, corporales o incorporales, inmuebles, en todo tipo de efectos de comercio, en Derechos de todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos o acciones en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera y percibir todos los frutos provenientes de éstas, y en general de todo otro acto, contrato, negocio, actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades extranjeras sean éstas anónimas o no; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero, contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública; C) Participar en otras empresas o sociedades, cualesquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; D) todo lo que de cualquier forma está o esté relacionado en el futuro con todo lo anterior. Administración y uso razón social: La sociedad será administrada y representada por uno o más administradores, en adelante también el "Administrador", que a su vez serán, actuando conjunta, indistinta o separadamente, el constituyente don Gilbertt Jesús Samur Garnica y doña María De Los Ángeles Kassis Escandar. Capital US$10.000.- (diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), dividido 10.000 acciones, sin valor nominal, que suscribe y paga íntegramente con esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 16 de agosto de 2022.

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