Sociedad de Responsabilidad Limitada

S&s Consultoría Y Servicios Integrales De Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 feb 2021

Diario Oficial

ConstituciónDiario Oficial · 2021-02-19Ver PDF (CVE 1898078)

Información societaria

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duración: Hasta el 31 de diciembre de 2026, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años
Administración: Administración, representación y uso de la razón social conjunta o indistinta según monto: individualmente cualquiera de los administradores para actos, contratos, acuerdos y/o gestiones iguales o inferiores a $1.000.000 por operación dentro de un año calendario; conjuntamente para montos superiores a $1.000.000.

Objeto social

Prestar servicios de recursos humanos y técnicos, asesoría, capacitación, educación y docencia en seguridad y vigilancia privada; prestar servicios de investigación privada de todo tipo de actividades y asuntos, a empresas y personas de cualquier naturaleza, cumpliendo los requisitos legales y con la utilización de medios que no se opongan a las buenas costumbres, orden público y legislación vigente; el transporte y almacenaje de valores, cartas y todo tipo de documentos; la comercialización, importación, exportación y/o representación de elementos de seguridad y otorgar servicio técnico y de mantención; prestación de servicios en recursos humanos, distribución de materiales de construcción, en área de construcción, mantención y aseo de oficinas, edificios y otros similares; y demás actividades relacionadas con el giro. Asimismo, podrá ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la sociedad, el desarrollo de su giro e inversión de los fondos disponibles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital pagado

$4.000.000

Capital pendiente

$0

Socios (2)

NombreParticipación

Simón Ignacio Sánchez Caro

Socio

17.xxx.xxx-8

50%

Gerson Esteban Sepúlveda Lizama

Socio

14.xxx.xxx-8

50%

Administradores (2)

Simón Ignacio Sánchez Caro

17.xxx.xxx-8Administrador

Gerson Esteban Sepúlveda Lizama

14.xxx.xxx-8Administrador

Texto oficial del extracto

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 13/01/2021, REP. N° 831 – 2021, ante el titular: Los señores SIMÓN IGNACIO SÁNCHEZ CARO, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 17.602.661-8, domiciliado en calle Los Conquistadores número 2.251, Oficina 14, comuna de Providencia, provincia de Santiago, región Metropolitana de Chile, y GERSON ESTEBAN SEPÚLVEDA LIZAMA, chileno, oficial de policía y kinesiólogo, cédula nacional de identidad número14.045.786-8, domiciliado en calle Los Conquistadores número 2.251, Oficina 14, comuna de Providencia, provincia de Santiago, región Metropolitana de Chile, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo extracto es el siguiente: Razón social: S&S CONSULTORÍA Y SERVICIOS INTEGRALES DE LIMITADA, pudiendo usar el nombre de fantasía: “S&S SECURITY LTDA.” o “S&S SECURITY CHILE LTDA.” o “S&S AGENCIA DE SEGURIDAD PRIVADA LTDA.” o “S&S COMPANY OF SECURITY LTDA.”; Objeto: El objeto de la sociedad es: a) Prestar servicios de recursos humanos y técnicos, asesoría, capacitación, educación y docencia en seguridad y vigilancia privada; b) Prestar servicios de investigación privada de todo tipo de actividades y asuntos, a empresas y personas de cualquier naturaleza, cumpliendo los requisitos legales, y con la utilización de los medios que no se opongan a las buenas costumbres, orden público y legislación vigente; c) El transporte y almacenaje de valores, cartas y todo tipo de documentos; d) La comercialización, importación, exportación y/o representación de elementos de seguridad y otorgar servicio técnico y de mantención; e) Prestación de servicios en Recursos humanos, distribución de materiales de construcción, en área de construcción, mantención y aseo de oficinas, edificios y otros similares; y demás actividades relacionadas con el giro. Asimismo, podrá en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de cada uno de los objetos de la sociedad, el desarrollo de su giro, inversión de los fondos disponibles de la misma. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades; Capital: El capital de la Empresa es la suma de cuatro millones de pesos, los cuales son aportados y enterados de la siguiente forma: Uno) Simón Ignacio Sánchez Caro, la cantidad de dos millones de pesos, en dinero efectivo, y que será aportado y enterados en su totalidad a la caja social en este acto, suma equivalente al cincuenta por ciento del capital social; y Dos) Gerson Esteban Sepúlveda Lizama, la cantidad de dos millones de pesos, en dinero efectivo, y que será aportado y enterados en su totalidad a la caja social en este acto, suma equivalente al cincuenta por ciento del capital social; Administración y uso de la razón social: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderán a los señores Simón Ignacio Sánchez Caro y Gerson Esteban Sepúlveda Lizama, quienes actuarán de la siguiente forma que se indica: a) Todos aquellos actos, contratos, acuerdos y/o gestiones con las facultades referidas en la cláusula sexto por operación dentro de un año calendario, lo que no será necesario acreditar ante terceros, sean igual o inferior a un millón de pesos, podrán actuar individualmente cualquiera de ellos; b) Todos aquellos actos, contratos, acuerdos y/o gestiones con las facultades referidas en la cláusula sexto por operación dentro de un año calendario, lo que no será necesario acreditar ante terceros, sean superiores a un millón de pesos, deberán actuar conjuntamente; Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otros lugares, dentro del país o en el exterior; Duración: La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiséis, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de cinco años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos.- SANTIAGO, 09 de febrero de 2021.-

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