Rukhaus SpA
Diario Oficial
Informations sociétaires
Objet social
La Sociedad tendrá por objeto único el diseño, desarrollo, implementación, operación y comercialización de una plataforma tecnológica orientada a facilitar la intermediación de financiamiento entre personas naturales o jurídicas, mediante mecanismos de crowdfunding y crowdlending, incluyendo, pero no limitado, a la estructuración de aportes de capital, préstamos, compraventa de cuotas, tokens u otros, destinados a financiar proyectos del rubro inmobiliario, incluyendo la difusión, comunicación y oferta de dichos proyectos de inversión o necesidades de financiamiento inmobiliario.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital libéré
$900.000
Capital restant dû
$100.000
Actions
1 000 000
Associés (4)
| Nom | RUT | Participation | Apport |
|---|---|---|---|
Mariana Karina Samarotto Castro Accionista 10.xxx.xxx-5 | 10.xxx.xxx-5 | 35% | $350.000 |
Cristián Andrés Figueroa Olivares Accionista 10.xxx.xxx-k | 10.xxx.xxx-k | 35% | $350.000 |
Sebastián Andrés De Andraca Rengifo Accionista 16.xxx.xxx-4 | 16.xxx.xxx-4 | 10% | $100.000 |
Felipe Ignacio Baladrón Zanetti Accionista 16.xxx.xxx-k | 16.xxx.xxx-k | 10% | $100.000 |
Texte officiel de l’extrait
Ministerio del Interior Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2025, bajo Repertorio N°18.272/2025, otorgada ante mí, (i) Mariana Karina Samarotto Castro, cédula de identidad número 10.361.625-5; (ii) Cristian Andrés Figueroa Olivares, cédula de identidad número 10.864.334-K; (iii) Sebastián Andrés De Jesus De Andraca Rengifo, cédula de identidad número 16.371.314-4; y (iv) Felipe Ignacio Baladrón Zanetti, cédula de identidad número 16.940.318-K; quienes constituyeron una sociedad por acciones, denominada “RUKHAUS SpA” (en adelante, la “Sociedad”) de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón Social: “RUKHAUS SpA”. La Sociedad podrá actuar y utilizar, además, indistintamente, el nombre de fantasía de “RUKHAUS”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto único el diseño, desarrollo, implementación, operación y comercialización de una plataforma tecnológica orientada a facilitar la intermediación de financiamiento entre personas naturales o jurídicas, mediante mecanismos de crowdfunding y crowdlending, incluyendo, pero no limitado, a la estructuración de aportes de capital, préstamos, compraventa de cuotas, tokens u otros, destinados a financiar proyectos del rubro inmobiliario, incluyendo la difusión, comunicación y oferta de dichos proyectos de inversión o necesidades de financiamiento inmobiliario. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Uno) Con la suma de $350.000, dividido en 350.000 acciones ordinarias que Mariana Karina Samarotto Castro suscribió y pagó en el acto de constitución, en dinero efectivo, que quedaron ingresados a la caja de la Sociedad; Dos) Con la suma de $350.000, dividido en 350.000 acciones ordinarias que Cristián Andrés Figueroa Olivares suscribió y pagó en el acto de constitución, en dinero efectivo, que quedaron ingresados a la caja de la Sociedad; Tres) Con la suma de $100.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias que Sebastián Andrés De Andraca Rengifo suscribió y pagó en el acto de constitución, en dinero efectivo, que quedaron ingresados a la caja de la Sociedad; Cuatro) Con la suma de $100.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias que Felipe Ignacio Baladrón Zanetti suscribió y pagó en el acto de constitución, en dinero efectivo, que quedaron ingresados a la caja de la Sociedad; y Cinco) 100.000 acciones ordinarias, equivalentes a $100.000, quedan reservadas para la implementación de un plan de compensación para trabajadores, administradores y asesores de la Sociedad, debiendo en todo caso ser suscritas y pagadas dentro del plazo de diez años contados desde el 12 de septiembre de 2025. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2025.
Actes récents
- CONSTITUCIÓN
RUKHAUS SpA
CVE 2704006
