Rodríguez Hermanos Limitada
Diario Oficial
Información societaria
Objeto social
El ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, vehículos motorizados, bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas. La construcción, edificación, montaje, remodelación, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos, y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquiera otra actividad que se relaciones, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios.
Capital
Capital total
$6.000.000
Capital pagado
$6.000.000
Capital pendiente
$0
Acciones
1000
Socios (1)
| Nombre | RUT | Participación | Aporte |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-0 | 12.xxx.xxx-0 | 100% | $6.000.000 |
Administradores (1)
Historia societaria relatada
- Constitución· 27 de junio de 2008
Se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada Rodríguez Hermanos Limitada por Pablo Andrés Rodríguez Torres e Ignacio Alfredo Rodríguez Torres.
PABLO ANDRES RODRIGUEZ TORRES · IGNACIO ALFREDO RODRÍGUEZ TORRES
- Cesión de derechos· 1 de octubre de 2012
Ignacio Alfredo Rodríguez Torres vendió, cedió y transfirió el 100% de sus derechos a Analia Virginia Troncoso Cifuentes, incrementándose además el capital social a $26.000.000.
IGNACIO ALFREDO RODRÍGUEZ TORRES · ANALIA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES
- Transformación· 7 de marzo de 2017
La sociedad de responsabilidad limitada se transforma en sociedad por acciones bajo la denominación Comercial Araucaria SpA; se retira Analia Virginia Troncoso Cifuentes, se disminuye el capital social y PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES queda como accionista único.
ANALIA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES · PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES
Texto oficial del extracto
FELIX JARA CADOT, Notario Público, Titular 41ºa Notaría Santiago, Huérfanos 1160, subsuelo, Comuna Santiago, certifica: Por escritura pública, fecha 07 Marzo 2017, Rep. Nº 7.189-2017, hoy, ante mí, PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES, chileno, soltero, ingeniero en ejecución en comercio internacional, C.N.I. 12.860.191-0, y ANALÍA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES, chilena, soltera, vendedora, C.N.I. 13.073.995-4, ambos con domicilio en San Antonio 385 oficina 301, y exponen. Con fecha veintisiete de Junio del año dos mil ocho, PABLO ANDRES RODRIGUEZ TORRES e IGNACIO ALFREDO RODRÍGUEZ TORRES constituyeron sociedad de responsabilidad limitada “Rodríguez Hermanos Limitada”, extracto a fojas 28878, número 19867 del año 2008 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, modificada por escritura del 1 de Octubre del 2012 ante Antonieta Mendoza Escalas, Notario Público de Santiago, inscrita a fojas 78459 número 54580 del año 2012, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en la que IGNACIO ALFREDO RODRÍGUEZ TORRES vendió, cedió y transfirió el cien por ciento de los derechos en la sociedad a ANALIA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES, acto en que también se incrementó el capital social hasta $26.000.000, con aporte de inmuebles señalados en la escritura.-. MODIFICACIÓN.- PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES y ANALIA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES modifican la sociedad siguiente sentido: se retira socia ANALIA VIRGINIA TRONCOSO CIFUENTES, y se disminuye capital social con el retiro de los inmuebles aportados escritura anterior, y socio PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TOORES transforma la sociedad a uan sociedad por acciones bajo la denominación “Comercial Araucaria SpA”, conforme a las disposiciones de la Ley 20.190, los Estatutos Sociales y las disposiciones del Código de Comercio y Código Civil sobre la materia. La entidad comercial transformada en sociedad por acciones se hace cargo del patrimonio de la sociedad de responsabilidad limitada y continuará su giro social, adscribiendo todos sus derechos y respondiendo de todas las obligaciones y compromisos que hayan sido contraídos válidamente en el desarrollo de su objeto social, incluso aquellos previstos en el artículo sesenta y nueve del Código Tributario, ya que la intención precisa del constituyente de la sociedad por acciones, es responder a todos los compromisos generados en la gestión y desenvolvimiento de la sociedad de responsabilidad limitada que por este acto se transforma y continuar con las actividades comerciales que aquella desplegaba en el ámbito y desarrollo de su objeto social.- Don PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES, modifica los estatutos de la sociedad estableciendo ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD POR ACCIONES de la manera siguiente: NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO. NOMBRE. Su nombre será “Comercial Araucaria SpA”.- También podrá usar para todos los efectos legales, comerciales, tributarios y bancarios, el nombre de “Comercial Araucaria SpA”.- DURACIÓN. La duración de la sociedad será indefinida. La sociedad no terminará con la muerte de sus accionistas. DOMICILIO. La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y/o sucursales que los accionistas acuerden establecer en otros lugares del país o en el extranjero. OBJETO SOCIAL. :- El objeto de la sociedad es el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, vehículos motorizados, bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas. La construcción, edificación, montaje, remodelación, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean estas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción, áridos, y otros; realización para sí o para terceros, de estudios y proyectos de ingeniería, arquitectura, factibilidad, jurídicos, económicos o financieros; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquiera otra actividad que se elaciones, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. CAPITAL Y ACCIONES. El capital de la sociedad por acciones será la suma de seis millones de pesos divididos en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorios. ADMINISTRACIÓN. La sociedad será administrada por el constituyente, y en su caso, por uno o más administradores, que serán designados por la junta ordinaria de accionistas. El administrador podrá delegar parte de sus facultades en un tercero, para los fines que estime convenientes. El administrador durará en su cargo mientras cuente con la confianza de la Junta de Accionistas y en caso de vacancia permanente o transitoria del cargo, asumirá interinamente la administración de la sociedad, dos cualquiera de los accionistas, quienes deberán actuar conjuntamente hasta que se celebre la siguiente Junta Ordinaria de Accionistas. La elección del o los administradores se hará en la Junta General Ordinaria de Accionistas que corresponda, por voto unipersonal, resultando elegido, el que en una misma y única votación obtenga la mayoría. Sin embargo, por acuerdo unánime de los accionistas presentes, con derecho a voto, se podrá omitir la votación y elegir a los administradores por unanimidad. DISPOSICIONES TRANSITORIAS. El capital social, según se establece en el artículo quinto de estos estatutos, es la suma de seis millones pesos, dividido en mil acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: Don PABLO ANDRES RODRÍGUEZ TORRES suscribe mil acciones, que se encuentran pagadas y enteradas. Artículo Segundo Transitorio: Inicialmente, y hasta que se revoque su nombramiento por la Junta de Accionistas, el administrador de la sociedad será don PABLO ANDRÉS RODRÍGUEZ TORRES, quien, actuando individualmente, gozará de todas las facultades señaladas en los presentes estatutos, especialmente aquellas señaladas en el Artículo Décimo Quinto. Demás estipulaciones y disposiciones en escritura extractada. Santiago, 07 de Marzo de 2017.- FELIX JARA CADOT.- N.P.-
Actuaciones recientes
- MODIFICACIÓN
Rodríguez Hermanos Limitada
CVE 1201737
